La inconstitucionalidad de las Ordenanzas Municipales que regulan conductas tipificadas en el Código Penal
Descripción del Articulo
La presente tesis aborda la mala tipificación de las infracciones administrativas reguladas por el Estado, que coinciden con las clasificaciones del Código Penal, lo que provoca una sobrerregulación de conductas reprobables, es decir, provoca una reacción excesivamente punitiva en los administrados,...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2019 |
Institución: | Universidad Cesar Vallejo |
Repositorio: | UCV-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/53730 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12692/53730 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Ordenanzas Municipales Conductas tipificadas La inconstitucionalidad https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | La presente tesis aborda la mala tipificación de las infracciones administrativas reguladas por el Estado, que coinciden con las clasificaciones del Código Penal, lo que provoca una sobrerregulación de conductas reprobables, es decir, provoca una reacción excesivamente punitiva en los administrados, este cargo es totalmente inconstitucional, y no solo prohibido por la constitución sino también prohibido por tratados internacionales individuales de los que el Perú es parte y que también nos vincula dada nuestra Disposición Final Cuarta de la Constitución Política del Perú, en este sentido, es una mala regulación por parte de los Municipios sobrecalificar las conductas reprobables que ya están siendo sancionados por la ley penal, lo que provocaría la inconstitucionalidad de sus Ordenanzas Municipales, por lo que, en algún momento, se producirá un choque entre la ley penal y el sistema sancionador administrativo, lo que provocará, además de confusión normativa , logrará impunidad y dado que, dado que el debido proceso es una clara violación de la dignidad de la persona humana, y principalmente una violación del non bis in idem, los procesos o procedimientos administrativos disciplinarios se inclinarán hacia las administraciones infractoras, provocando la nulidad de los procedimientos, lo que a su vez, provocará una pérdida de dinero, tiempo y trabajo. Lo cual dañará el estado de derecho y afectará el marco institucional en el Perú y también la legitimidad que estos vienen construyendo. Por ello, el Estado, al tener dos brazos punitivos, debe decidir que, ante un acto que vulnere un derecho legal protegido, también debe asignar una única respuesta punitiva, la cual debe ser a través de la jurisdicción penal o mediante la jurisdicción sancionadora administrativa, pero nunca con ambos, esto vulnera los derechos fundamentales de los administrados. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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