El respeto de la identidad dinámica de los niños y adolescentes en los procesos que declaran fundadas las demandas de impugnación de paternidad bajo los alcances del interés superior del niño
Descripción del Articulo
El derecho a la identidad es el derecho subjetivo a la verdad personal, desde su origen hasta su proyección social singular. Dentro del ámbito de la filiación, la identidad parte de la relación entre padres e hijos, de la cual se desprende conductas y patrones que ayudan al menor a formar su persona...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2024 |
| Institución: | Universidad Católica San Pablo |
| Repositorio: | UCSP-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.ucsp.edu.pe:20.500.12590/18219 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12590/18219 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Derecho a la Identidad Identidad dinámica Derechos fundamentales Identidad estática Filiación Interés superior del menor https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | El derecho a la identidad es el derecho subjetivo a la verdad personal, desde su origen hasta su proyección social singular. Dentro del ámbito de la filiación, la identidad parte de la relación entre padres e hijos, de la cual se desprende conductas y patrones que ayudan al menor a formar su personalidad y su proyección de vida. Empero, cuando existe un quiebre en dicha relación filiatoria, el perjuicio mayor lo asume el menor en formación, ya que su identidad se ve vulnerada y para algunos magistrados es más relevante la identidad estática que la dinámica, pero ¿realmente está identidad biológica debe prevalecer sobre la dinámica? Frente a ello, la presente investigación se propone determinar cómo se garantiza el derecho a la identidad dinámica de los niños y adolescentes en los procesos que declaran fundada las pretensiones sobre impugnación de paternidad bajo los alcances del interés superior del niño, a fin de que en sentencias firmes no se prohíba que el menor conserve el apellido del padre impugnante.e vida. Empero, cuando existe un quiebre en dicha relación filiatoria, el perjuicio mayor lo asume el menor en formación, ya que su identidad se ve vulnerada y para algunos magistrados es más relevante la identidad estática que la dinámica, pero ¿realmente está identidad biológica debe prevalecer sobre la dinámica? Frente a ello, la presente investigación se propone determinar cómo se garantiza el derecho a la identidad dinámica de los niños y adolescentes en los procesos que declaran fundada las pretensiones sobre impugnación de paternidad bajo los alcances del interés superior del niño, a fin de que en sentencias firmes no se prohíba que el menor conserve el apellido del padre impugnante. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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