El concordato entre la santa sede y la república del Perú: Impacto en la igualdad y la neutralidad religiosa frente a las diversas confesiones
Descripción del Articulo
En 1980, la República del Perú y la Santa Sede celebraron el Concordato, lo que ha generado cuestionamientos sobre su compatibilidad con los principios de igualdad y neutralidad religiosa, fundamentales en un Estado de derecho. Este acuerdo otorga a la Iglesia Católica presencia en ámbitos como la e...
| Autores: | , |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2025 |
| Institución: | Universidad Católica San Pablo |
| Repositorio: | UCSP-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.ucsp.edu.pe:20.500.12590/18963 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12590/18963 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Concordato Santa sede República del Perú Confesiones religiosas Principio de igualdad Neutralidad religiosa http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | En 1980, la República del Perú y la Santa Sede celebraron el Concordato, lo que ha generado cuestionamientos sobre su compatibilidad con los principios de igualdad y neutralidad religiosa, fundamentales en un Estado de derecho. Este acuerdo otorga a la Iglesia Católica presencia en ámbitos como la educación pública, el patrimonio cultural y beneficios fiscales, lo que podría interpretarse como un trato diferenciado frente a otras confesiones. Por lo que el objetivo es analizar el impacto del Concordato en la igualdad y la neutralidad religiosa dentro del marco jurídico peruano. Se concluye que, si bien el Concordato otorga ciertos beneficios a la Iglesia Católica, estos no implican necesariamente una vulneración a dichos principios, ya que cualquier confesión religiosa, en teoría, podría suscribir un acuerdo similar con el Estado peruano. En ese sentido, el artículo 50 de la Constitución reconoce la importancia histórica, cultural y moral de la Iglesia Católica, y establece una relación de cooperación con ella, pero sin excluir a otras religiones con las cuales puede establecer formas de colaboración. No obstante, debe considerarse que la Iglesia Católica posee reconocimiento como sujeto de derecho internacional, a diferencia de otras confesiones, lo que le permite formalizar tratados como el Concordato. Además, muchos de los beneficios fiscales y otros ya existían antes de su firma, y al tratarse de un tratado internacional, sus disposiciones generan obligaciones legales que deben ser respetadas. Por tanto, no se advierte una vulneración directa al principio de igualdad y neutralidad religiosa. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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