Implementación de Medidas de Reparación Ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en Materia de Incumplimiento a la Obligación de Adaptar el Derecho Interno, Perú, 1991-2019

Descripción del Articulo

La Convención Americana sobre Derechos Humanos no regula procesos específicos, pero sí establece que las indemnizaciones compensatorias deben ser ejecutadas con el mismo procedimiento interno que esté vigente para ejecutar cualquier sentencia contra el Estado. Tras revisar el marco normativo aplicab...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Martínez Carrasco, Adriana
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad Católica de Santa María
Repositorio:UCSM-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucsm.edu.pe:20.500.12920/9962
Enlace del recurso:https://repositorio.ucsm.edu.pe/handle/20.500.12920/9962
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Medidas de reparación
Garantía de no repetición.
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La Convención Americana sobre Derechos Humanos no regula procesos específicos, pero sí establece que las indemnizaciones compensatorias deben ser ejecutadas con el mismo procedimiento interno que esté vigente para ejecutar cualquier sentencia contra el Estado. Tras revisar el marco normativo aplicable tanto a nivel internacional como nacional, y sistematizar la jurisprudencia de la Corte, se encuentra que el nivel de cumplimiento de sus sentencias es notablemente bajo, sin embargo, existen estados que tienen cerca del cincuenta por ciento de procesos en su contra archivados por cumplimiento. Se analiza igualmente la cantidad de medidas de reparación ordenadas por la Corte contra Perú; y la correlación entre las medidas de satisfacción y las garantías de no repetición con las sentencias donde se declara incumplida la obligación general de adoptar medidas de derecho interno, contenida en el artículo 2 de la Convención Americana. Posteriormente, se encuentra que el marco internacional es insuficiente pues solo considera uno de los cinco tipos de medidas de reparación que existen. Asimismo, se encuentra que, a nivel interno los mecanismos jurídicos existentes, cuales son el Código Procesal Constitucional, la Ley 27775 y los decretos legislativos 1068 y 1326, junto con sus reglamentos, resultan por un lado ineficaces para ejecutar garantías de no repetición y por el otro, ineficientes para ejecutar medidas de restitución, rehabilitación, satisfacción o incluso de indemnización compensatoria. Finalmente, se propone una enmienda a la Convención y la creación de una garantía constitucional específica para ejecutar las medidas de reparación de la Corte Interamericana.
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