Propuesta de modificaciones y agregados en la actual Ley Universitaria como medio para la internacionalización del sistema universitario peruano

Descripción del Articulo

En el presente trabajo hemos realizado un analisis comparativo de los diferentes modelos internacionales. Se ha entendido que es necesario modificar la ley universitaria vigente, la Ley 30220. As´ı, se propone que las universidades pueden ser de dos tipos: universidades estatales y privadas sin fine...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Gómez Valdez, Badhin
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Católica de Santa María
Repositorio:UCSM-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucsm.edu.pe:20.500.12920/11523
Enlace del recurso:https://repositorio.ucsm.edu.pe/handle/20.500.12920/11523
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Modelo universitario
Tipos de universidades
Docente universitario
Calidad universitaria
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.03.00
Descripción
Sumario:En el presente trabajo hemos realizado un analisis comparativo de los diferentes modelos internacionales. Se ha entendido que es necesario modificar la ley universitaria vigente, la Ley 30220. As´ı, se propone que las universidades pueden ser de dos tipos: universidades estatales y privadas sin fines de lucro, y el segundo tipo son universidades privadas con fines de lucro. Las universidades estatales y privadas sin fines de lucro formaran estudiantes a nivel profesional y de posgrado y están obligadas a realizar investigaciones científicas del mas alto nivel. Las universidades privadas con fines de lucro solo deben realizar formacion profesional y de segunda especialidad. Tampoco requieren investigación; solo deben contar con la infraestructura adecuada para capacitarse y brindar servicios académicos en los campos en que se establecieron. También es importante señalar que, para alcanzar estándares internacionales, la docencia universitaria se logra por concurso publico y con un grado mínimo de doctorado, con estudios presenciales a tiempo completo. Cuando el profesor ingresa al sistema universitario, la categoría no se define en el concurso de admisión. Si el concursante alcanza un puesto, se le asignar´a su categoría de acuerdo con el ranking universitario. Los docentes del primer tipo, que trabajan a tiempo completo, no trabajaran en el segundo tipo. Se convierte en estudiante universitario cuando ha superado el 60% de la nota media en el examen único nacional, tutelado por la SUNEDU, y realizado una vez al a˜no. También es fundamental que las universidades privadas sin fines de lucro reciban un canon minero, siempre y cuando organicen y elijan a sus autoridades como universidades nacionales.
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