La motivacion de resoluciones judiciales y el derecho de huelga– casación laboral n° 22596-2018-Lambayeque

Descripción del Articulo

El trabajo de investigación titulado “LA MOTIVACION DE RESOLUCIONES JUDICIALES Y EL DERECHO DE HUELGA – CASACIÓN LABORAL N° 22596- 2018-LAMBAYEQUE”, Se incluye un estudio descriptivo del sistema contenido en las decisiones del Corte SU en los recursos de casación, con el fin de plantear críticas y a...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Moena Tejada, Yuly
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Científica del Perú
Repositorio:UCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucp.edu.pe:20.500.14503/2678
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14503/2678
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Motivación de resoluciones judiciales
Derecho de huelga
Sanción por el ejercicio irregular
Motivation of judicial resolutions
Right to strike
sanction for the irregular exercise
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El trabajo de investigación titulado “LA MOTIVACION DE RESOLUCIONES JUDICIALES Y EL DERECHO DE HUELGA – CASACIÓN LABORAL N° 22596- 2018-LAMBAYEQUE”, Se incluye un estudio descriptivo del sistema contenido en las decisiones del Corte SU en los recursos de casación, con el fin de plantear críticas y alternativas de mejora legislativa, y aquellas relacionadas con los derechos de los ciudadanos. Regulación del derecho de huelga en el ejercicio del derecho de huelga con pe riodicidad irregular. La casación se origina por el recurso interpuesto por el demandante Gian Carlos Zapata Ortiz, contra la resolución de vista que revoca la sentencia apelada que declara fundada la demanda declarando infundada la demanda, en el proceso seguido por Gian Carlos Zapata Ortiz contra Unión de Cerveceras Peruanas Backus y Johnston Sociedad Anónima Abierta, sobre impugnación de sanción disciplinaria La Sala Suprema Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia, declara procedente la casación, por infracción normativa inciso 5) artículo 139 de la Constitución Política del Perú, y por infracción normativa del artículo 74 y 84 del Decreto Supremo 010-TUO de las Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo. La pretensión demandada, es se declare nula y sin valor legal la sanción de 2 días de suspensión sin goce de haber por participar en huelga los días 16 y 17 de junio del 2016, pide el pago de los días de suspensión. En primera instancia la demanda es declarada fundada, en segunda instancia se revoca la sentencia, porque la paralización de labores fue declara improcedente por resolución Directoral, el trabajador estaba obligado a acudir al centro de trabajo, el cargo desempeñado es de naturaleza indispensable, el trabajador tuvo conocimiento de esta situación antes de la ejecución de la huelga, al no asistir al centro de trabajo incumplió con sus obligaciones laborales. x 10 La descripción de la resolución, platea el problema sobre el tratamiento dado al deber de la motivación de las resoluciones judiciales, y al ejercicio del derecho de huelga y las consecuencias que ella deriva por su ejercicio irregular, el cual plantea la necesidad de cumplir requisitos legales en la formulación del recurso de casación y la revisión normativa sobre el ejercicio del derecho de huelga a partir del análisis de la resolución en casación, y plantear precisiones legislativas tomando en cuenta las resoluciones emitidas en casación por la Corte Suprema de Justicia las cuales han sido contradictorias en el tiempo.
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