Delito de omisión de asistencia familiar. ¿Es instantáneo o permanente?, vaivén de la Corte Suprema
Descripción del Articulo
Iniciamos con el problema general ¿cuál es la verdadera naturaleza jurídica del delito de omisión de asistencia familiar en la modalidad de omisión de prestación de alimentos, previsto en el primer párrafo del artículo 149 de Código Penal peruano? El objetivo es sustentar cuál es la verdadera natura...
| Autores: | , |
|---|---|
| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2025 |
| Institución: | Universidad Continental |
| Repositorio: | CONTINENTAL-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.continental.edu.pe:20.500.12394/18524 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12394/18524 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Delitos Crimes Delito culposo Negligent crime Tribunales constitucionales Constitutional courts https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | Iniciamos con el problema general ¿cuál es la verdadera naturaleza jurídica del delito de omisión de asistencia familiar en la modalidad de omisión de prestación de alimentos, previsto en el primer párrafo del artículo 149 de Código Penal peruano? El objetivo es sustentar cuál es la verdadera naturaleza jurídica del delito de omisión de asistencia familiar en la modalidad de omisión de prestación de alimentos, previsto en el primer párrafo del artículo 149 de Código Penal peruano. Es una investigación cualitativa, documental, básica, descriptivo - explicativa, con método inductivo, análisis, dogmático, histórico, y una población que abarca todas sentencias de la Corte Suprema sobre el delito de omisión de asistencia familiar, regulado en el primer párrafo del artículo 149 del Código Penal; además de todos los jueces superiores en lo penal de la Corte Superior de Justicia de Junín. La muestra es de diez sentencias de la Corte Suprema y cinco jueces superiores; para complementar se analizaron dos sentencias del Tribunal Constitucional y tres acuerdos de plenos jurisdiccionales de las cortes superiores. La primera conclusión es que conforme a las posturas dogmáticas y la redacción del tipo penal y a la verdadera naturaleza jurídica del delito de omisión de asistencia familiar en la modalidad de omisión de prestación de alimentos, previsto en el primer párrafo del artículo 149 de Código Penal peruano, es un delito de omisión pura y de comisión instantánea. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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