Los efectos jurídicos de la desprotección del cónyuge supérstite en el ejercicio de la representación sucesoria

Descripción del Articulo

El derecho de sucesiones regulado en el Código Civil peruano establece el proceso sucesorio que merece investigación por la estrecha aplicación con el derecho de familia y entre otras ramas del derecho. Los cambios en las relaciones jurídicas, morales y sociales traen consigo nuevos desafíos y confl...

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Detalles Bibliográficos
Autor: De La Calle Hospina, Milagros Elizabet
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Continental
Repositorio:CONTINENTAL-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.continental.edu.pe:20.500.12394/14347
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12394/14347
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho de sucesiones
Representación sucesoria
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El derecho de sucesiones regulado en el Código Civil peruano establece el proceso sucesorio que merece investigación por la estrecha aplicación con el derecho de familia y entre otras ramas del derecho. Los cambios en las relaciones jurídicas, morales y sociales traen consigo nuevos desafíos y conflictos entre los ciudadanos que el derecho debe y merece regular. Por tanto, la investigación parte del problema siguiente: ¿cuáles son las consecuencias jurídicas de la desprotección del cónyuge supérstite en el ejercicio de la representación sucesoria? Además, el objetivo principal es determinar las consecuencias jurídicas de la desprotección del cónyuge supérstite en el ejercicio de la representación sucesoria. La investigación se basa en el enfoque cualitativo con propósito exploratorio y explicativo, el método de investigación es el ex post facto y la teoría fundamentada, que permite concluir que el cónyuge supérstite es un heredero privilegiado y la desprotección de ese derecho vulnera la seguridad jurídica. Siendo los resultados obtenidos los siguientes: la conceptualización de la familia se transforma en un proyecto de vida basada en el afecto. El proyecto de vida interrumpido por la muerte de sus integrantes, así como la representación sucesoria de institución norma el procedimiento de los llamados a heredar que no pueden o no quieren aceptar la herencia. Asimismo, en el ejercicio de la representación sucesoria, los cónyuges supérstites no heredan; ante este vacío normativo, se recurre al mal uso de la institución de la declaración de herederos en sede notarial y de la solicitud de inscripción en los registros públicos por la traslación de dominio por sucesión intestada que vulnerando la seguridad y el tráfico jurídicos de bienes al ejercer titularidades con títulos nulos por no tener la calidad de heredero actual.
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