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Afectación al derecho a probar en los procesos inmediatos, en delitos agravados, en el distrito judicial de Junín

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación titulado: “Afectación al derecho a probar en los procesos inmediatos, en delitos agravados, en el distrito judicial de Junín”, pretende coadyuvar al marco teórico y fáctico de la jurisprudencia. La investigación está centrada en el objetivo general de determinar...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Román Vilcapoma, Juan Ruber
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad Continental
Repositorio:CONTINENTAL-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.continental.edu.pe:20.500.12394/8575
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12394/8575
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Procesos judiciales
Pruebas (Derecho)
Investigación jurídica
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación titulado: “Afectación al derecho a probar en los procesos inmediatos, en delitos agravados, en el distrito judicial de Junín”, pretende coadyuvar al marco teórico y fáctico de la jurisprudencia. La investigación está centrada en el objetivo general de determinar cómo se afecta el derecho a probar (derecho a la defensa), cuando se inicia proceso inmediato en los casos de delitos agravados cometidos en flagrancia, lo cual es admitido por el juez de la investigación preparatoria, así como por el juez de juzgamiento en el distrito judicial de Junín-2018. En cuanto a los objetivos específicos, se busca determinar que existe la necesidad de reformar el proceso inmediato regulado en el artículo 446 del Código Procesal Penal, posibilitando que, en los delitos agravados, solo se puede recurrir al mismo, con la anuencia del imputado y su defensa. También, se busca determinar que existe la necesidad de establecer topes a la procedencia al proceso inmediato regulada en el artículo 446 del Código Procesal Penal, que debe entenderse para los delitos cuyo extremo máximo en la ley penal, tenga como pena, la pena privativa de libertad no más de seis años, como regla general. Asimismo, para alcanzar lo propuesto, nos guiamos por el método general deductivo por la naturaleza de la investigación, además se trata de un enfoque cuantitativo y a la exégesis, mientras que el sociológico y el estadístico son los métodos específicos. La conclusión general expresa que el proceso inmediato es especial y constitucional que funciona solo ante la contundencia de los elementos de convicción encontrados durante la investigación en diligencias preliminares, bajo los supuestos regulados en el artículo 446 del Código Procesal Penal, que en los casos de flagrancia es procedente el proceso inmediato cuando exista suficiencia probatoria e inmediación del imputado.
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