Causas de la vulneración del plazo razonable en la investigación preliminar de delitos comunes no complejos en el distrito Fiscal de Junín
Descripción del Articulo
Este presente trabajo de investigación ha pretendido determinar las causas de la vulneración del plazo razonable en la investigación preliminar de los delitos comunes no complejos en el distrito fiscal de Junín, específicamente tomando como muestra las fiscalías penales corporativas de Huancayo, dad...
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2018 |
| Institución: | Universidad Continental |
| Repositorio: | CONTINENTAL-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.continental.edu.pe:20.500.12394/5008 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12394/5008 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
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Este presente trabajo de investigación ha pretendido determinar las causas de la vulneración del plazo razonable en la investigación preliminar de los delitos comunes no complejos en el distrito fiscal de Junín, específicamente tomando como muestra las fiscalías penales corporativas de Huancayo, dado que a la fecha ya se encuentra vigente para todos los delitos el nuevo código procesal penal, caracterizado básicamente por la distribución de roles en las diferentes etapas del proceso, como los son; investigación preparatoria (Diligencias preliminares o investigación preliminar y la investigación preparatoria propiamente dicha), etapa intermedia y la etapa del juzgamiento, resaltando que la sub etapa de diligencias preliminares se encuentra específicamente a cargo del ministerio público, quien es el titular de la acción penal. Siendo ello así este trabajo de investigación está destinado al análisis del plazo razonable solo de esta etapa – investigación preliminar, puesto que surgieron diferentes cuestionamientos en cuanto al plazo dispuesto en el artículo 334° que fue modificado por el artículo 3° de la Ley N° 30076, el cual indica que el plazo para las diligencias preliminares será de 60 días, pudiéndose ampliar por el mismo término – 120 días, término de plazo que se vulnera de dos formas, primero porque el tiempo resulta ser insuficiente para que el representante del ministerio público termine con realizar los actos urgentes e inaplazables para formalizar y continuar con la investigación preparatoria o caso contrario archivarla; segundo porque en los delitos comunes no complejos que no requieran muchas actos investigatorios se plantea un plazo demasiado suficiente como en el caso de los delitos de omisión a la asistencia familiar y conducción en estado de ebriedad, que muchas veces no requieren más de 30 días para establecer la comisión del mismo. En este sentido, y atendiendo a los objetivos pretendidos, e hipótesis planteados, a través del instrumento – encuesta que se realizó a los conocedores del derecho entre ellos abogados litigantes, fiscales y jueces que ha llegado a las siguientes conclusiones, i) La vulneración del plazo razonable en la investigación preliminar de los delitos comunes no complejos en el distrito fiscal de Junín, es a causa de la excesiva carga procesal, que se viene afrontando actualmente, trayendo como consecuencia la falta de evaluación estricta de los presupuestos de configuración de los tipos penales comunes no complejos, y por ende la falta de razonabilidad en el plazo de la investigación; ii) Se vulnera el plazo razonable en la investigación preliminar, porque los fiscales de las fiscalías provinciales penales corporativas de Huancayo, consideran un plazo genérico para todos los delitos, estableciendo para ello, 60 días para la investigación preliminar cuando muchas veces existen delitos que no requieren más de 10 o 15 días de investigación (como es el caso de la omisión de asistencia familiar o el delito de conducción en estado de ebriedad); iii) La falta de compromiso de las demás instituciones involucradas en la investigación dispuestas por el fiscal como lo son la oficina de criminalistica, medicina legal, etc, al no remitir lo requerido por el fiscal en un tiempo prudencial; Y finalmente la carencia de recursos humanos (personal fiscal y administrativo), la carencia de recursos materiales (mobiliario, material logístico) e infraestructura inadecuada como causa de afectación del derecho al plazo razonable, estos aspectos no permite el buen desenvolvimiento del personal fiscal. Planteando para ello alternativas de solución como lo son, las capacitaciones continuas y avanzadas para los Fiscales respecto a las estrategias de investigación para planteamiento concreto asertivo de los plazos de investigación, proponer un acuerdo institucional con aquellas instituciones involucradas en la investigación por disposición fiscal a efectos de que lo solicitado sea remitido en el menor tiempo posible; y por último sugerir el aumento de presupuesto para la administración de justicia en cuanto a los recursos humanos y materiales para el ministerio publico quien es el titular de la acción penal, consecuentemente el primer filtro de la investigación para finalmente obtener una sentencia con el cumplimiento del debido proceso. |
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Crispin, Y. (2018). Causas de la vulneración del plazo razonable en la investigación preliminar de delitos comunes no complejos en el distrito Fiscal de Junín. Tesis para optar el título de Abogado, Escuela Académico Profesional de Derecho, Universidad Continental, Huancayo, Perú. |
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Tesis para optar el título de Abogado, Escuela Académico Profesional de Derecho, Universidad Continental, Huancayo, Perú.https://hdl.handle.net/20.500.12394/5008Este presente trabajo de investigación ha pretendido determinar las causas de la vulneración del plazo razonable en la investigación preliminar de los delitos comunes no complejos en el distrito fiscal de Junín, específicamente tomando como muestra las fiscalías penales corporativas de Huancayo, dado que a la fecha ya se encuentra vigente para todos los delitos el nuevo código procesal penal, caracterizado básicamente por la distribución de roles en las diferentes etapas del proceso, como los son; investigación preparatoria (Diligencias preliminares o investigación preliminar y la investigación preparatoria propiamente dicha), etapa intermedia y la etapa del juzgamiento, resaltando que la sub etapa de diligencias preliminares se encuentra específicamente a cargo del ministerio público, quien es el titular de la acción penal. 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En este sentido, y atendiendo a los objetivos pretendidos, e hipótesis planteados, a través del instrumento – encuesta que se realizó a los conocedores del derecho entre ellos abogados litigantes, fiscales y jueces que ha llegado a las siguientes conclusiones, i) La vulneración del plazo razonable en la investigación preliminar de los delitos comunes no complejos en el distrito fiscal de Junín, es a causa de la excesiva carga procesal, que se viene afrontando actualmente, trayendo como consecuencia la falta de evaluación estricta de los presupuestos de configuración de los tipos penales comunes no complejos, y por ende la falta de razonabilidad en el plazo de la investigación; ii) Se vulnera el plazo razonable en la investigación preliminar, porque los fiscales de las fiscalías provinciales penales corporativas de Huancayo, consideran un plazo genérico para todos los delitos, estableciendo para ello, 60 días para la investigación preliminar cuando muchas veces existen delitos que no requieren más de 10 o 15 días de investigación (como es el caso de la omisión de asistencia familiar o el delito de conducción en estado de ebriedad); iii) La falta de compromiso de las demás instituciones involucradas en la investigación dispuestas por el fiscal como lo son la oficina de criminalistica, medicina legal, etc, al no remitir lo requerido por el fiscal en un tiempo prudencial; Y finalmente la carencia de recursos humanos (personal fiscal y administrativo), la carencia de recursos materiales (mobiliario, material logístico) e infraestructura inadecuada como causa de afectación del derecho al plazo razonable, estos aspectos no permite el buen desenvolvimiento del personal fiscal. 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