Criterios para determinar el monto indemnizatorio de daño moral por un despido incausado, en la sala laboral de Huancayo, 2022

Descripción del Articulo

La presente investigación tuvo como objetivo determinar cuáles fueron los criterios adoptados por la Sala Laboral de Huancayo para fijar el quantum indemnizatorio debido al daño moral generado por un despido incausado, en las sentencias emitidas durante el año 2022. Para ello, se empleó una Ficha de...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Aguilar Cahuana, Noemi Miriam
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Continental
Repositorio:CONTINENTAL-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.continental.edu.pe:20.500.12394/18116
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12394/18116
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Contratos de trabajo
Employment contracts
Despido de empleados
Dismissal of employees
Indemnización por daños
Compensation for damages
Procesos judiciales
Judicial proceedings
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La presente investigación tuvo como objetivo determinar cuáles fueron los criterios adoptados por la Sala Laboral de Huancayo para fijar el quantum indemnizatorio debido al daño moral generado por un despido incausado, en las sentencias emitidas durante el año 2022. Para ello, se empleó una Ficha de Análisis Documental, la cual fue aplicada a cada una de las 71 sentencias de vista. El estudio permitió identificar que los criterios aplicados por el juez de segunda instancia para determinar el monto indemnizatorio fueron los siguientes: (i) tiempo de servicios del trabajador, (ii) tiempo de desvinculación laboral, (iii) cargo desempeñado en la institución, (iv) clase y causa del despido, (v) superprotección que brinda la Constitución a determinados trabajadores, (vi) edad de la víctima de despido, (vii) grado académico alcanzado, (viii) escarnio público, (ix) contribución del trabajador para el despido, (x) magnitud del menoscabo sufrido por la víctima y su familia (carga familiar), (xi) carga económica y (xii) factores atenuantes. Considerando que, previamente, existe una declaración judicial de despido incausado, estos criterios permiten valorar la gravedad del daño generado al trabajador despedido, lo cual puede variar en función a su edad, grado académico, cargo desempeñado, carga laboral, tiempo laborado y lapso transcurrido hasta la reposición en el centro de laboral; además, si el empleador realizó alguna acción con la intención de disminuir el daño.
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