Prohibición de negociación colectiva de remuneraciones en el sector público para el año 2021

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación tiene como objetivo estudiar la constitucionalidad del artículo 6° de la Ley N.° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, la misma que hace mención a la prohibición del reajuste y/o incremento de remuneraciones de cualquier naturaleza...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Zegarra Acuña, Walter Pavel
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Continental
Repositorio:CONTINENTAL-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.continental.edu.pe:20.500.12394/14510
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12394/14510
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Negociación
Negociación colectiva
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación tiene como objetivo estudiar la constitucionalidad del artículo 6° de la Ley N.° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, la misma que hace mención a la prohibición del reajuste y/o incremento de remuneraciones de cualquier naturaleza, pudiendo ser esta por su modalidad, forma, fuente de financiamiento, periodo y otros. Asimismo, alega la prohibición de la aprobación de nuevos beneficio, incentivos, bonos, retribuciones, estímulos y otros conceptos de cualquier naturaleza con las mismas características ya citadas líneas arriba, por lo que en ese contexto se infiere que la publicación de la citada ley resulta contraria y divergente a lo regulado en el artículo 28° de nuestra Constitución Política del Perú, dado que en ella se reconoce los derechosde sindicación, negociación colectiva y huelga, cautelando por encima de todo el ejercicio democrático como la “garantía de libertad sindical” y no como un factor limitante imperativo. Además, el presente trabajo de investigación tuvo un enfoque cualitativo de tipo descriptivo, empleando el método exegético y dogmático jurídico, así mismo se empleó el test de ponderación o proporcionalidad como método de interpretación de datos. La conclusión más relevante indica que resulta inconstitucional la aplicación del artículo 6° de la Ley N.° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, toda vez que transgrede el derecho a la negociación colectiva y, en consecuencia, resulta incoherente referir que el Estado intenta perseguir un equilibrio financiero institucional.
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