Influencia de la denuncia penal a deudores alimentarios morosos en el poder judicial por incumplimiento de obligaciones alimentarias, Arequipa 2018.

Descripción del Articulo

El delito de omisión a la asistencia familiar, es uno de los delitos que en la actualidad tiene una alta incidencia, pues el mismo es cometido por personas de toda condición social, siendo los padres que son quienes más incumplen con esta fundamental obligación en perjuicio de sus hijos, que en la m...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Monje Tellez, Jorge, Salazar Cabrera, Rony, Linares Malaga, Factor, Arista Valdivia, Javier, Neira Benavente, Katherine
Formato: contribución a publicación periódica
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Autónoma San Francisco
Repositorio:UASF-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uasf.edu.pe/:20.500.14179/307
Enlace del recurso:http://repositorio.uasf.edu.pe/handle/UASF/307
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Influencia
Deudores
Alimentarios
Imcumplimiento
Descripción
Sumario:El delito de omisión a la asistencia familiar, es uno de los delitos que en la actualidad tiene una alta incidencia, pues el mismo es cometido por personas de toda condición social, siendo los padres que son quienes más incumplen con esta fundamental obligación en perjuicio de sus hijos, que en la mayoría de los casos son aun menores de edad y por lo tanto no pueden proveerse de los recursos más esenciales para satisfacer una necesidad tan fundamental, como son los alimentos para su subsistencia. Desde tiempos inmemoriales, en base a diversos estudios, descubrimientos y por nuestra propia experiencia y naturaleza sabemos que el hombre siempre tiende a agruparse, naciendo en él la necesidad de formar parte de un grupo, llamémosle nosotros formar parte de una “familia”, pues en ella encontrará identificación, protección, bienestar y apoyo; por tanto la familia es constitucionalmente considerado el núcleo de la sociedad. Al formar parte del núcleo básico de la sociedad, todo el sistema está pensado y construido en torno a ella tal, es así que en el artículo cuarto de nuestra Constitución Política1 , el estado establece: “La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad”.
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