Vulneración del derecho de reconocimiento de relaciones sentimentales entre personal de distinta clasificación militar en las FF AA de la III División del Ejército 2012-2019

Descripción del Articulo

La presente investigación tiene como finalidad demostrar que la disposición modificatoria de la ley 29131, dado que regula las relaciones interpersonales de carácter sentimental o afectivo entre miembros de militares activos de las guarniciones pero que sean de diferente clasificación o rango, tenie...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Ancco Apaza, Moises
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad Autónoma San Francisco
Repositorio:UASF-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uasf.edu.pe/:20.500.14179/341
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14179/341
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho humano
Derecho a la libertad
Inconstitucionalidad
Personal militar
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación tiene como finalidad demostrar que la disposición modificatoria de la ley 29131, dado que regula las relaciones interpersonales de carácter sentimental o afectivo entre miembros de militares activos de las guarniciones pero que sean de diferente clasificación o rango, teniendo que, por tener un relación sentimental con un subalterno se recae en falta muy grave para la institución, limitando el derecho al libre desenvolvimiento de la personalidad, derecho a amar, derecho a expresar sus ideas y/o pensamientos, entre otro, para ello se plantea como objetivo general Determinar la vulneración el derecho de reconocimiento sobre las relaciones sentimentales entre personal de distinta clasificación militar en las fuerzas armadas de la III división del Ejercito -Guarnición Arequipa en el periodo 2012-2019, para ser respondido mediante la hipótesis de que si existe vulneración del derecho de reconocimiento sobre las relaciones sentimentales, para probar la misma, se llevó a cabo el método dogmático, bajo un enfoque cualicuantitativo, descriptivo, explicativo, correlacional, de corte transversal retrospectivo, no experimental, mediante la aplicación de la observación directa, entrevista no estructurada y un cuestionario validado por juicio de expertos se determinó que existe la vulneración del derecho humano a la libre expresión y que dicha modificatoria es inconstitucional, para lo cual se recomienda una revisión de dicha ley y modificación de la misma; por último se propone un artículo modificado de la presente disposición.
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