Análisis del artículo 147º del código penal sobre la insuficiente pena y la ausencia de agravantes con respecto al límite de edades que vulnera el interés superior del niño en los casos aplicados en materia de sustracción del menor
Descripción del Articulo
El problema de investigación concierne a la escasa aplicación y poder punitivo por parte del estado; puesto que la pena estipulada en el tipo penal no expresa un mínimo legal; así mismo al solucionarse la diversidad de casos que se presentan, se da de forma homogénea ya que no existe la redacción de...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2016 |
| Institución: | Universidad Alas Peruanas |
| Repositorio: | UAP-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.uap.edu.pe:20.500.12990/7703 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12990/7703 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Código penal Sustracción Agravantes http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | El problema de investigación concierne a la escasa aplicación y poder punitivo por parte del estado; puesto que la pena estipulada en el tipo penal no expresa un mínimo legal; así mismo al solucionarse la diversidad de casos que se presentan, se da de forma homogénea ya que no existe la redacción de formas agravantes, por lo cual la aplicación de la norma es de forma lineal para todos los sujetos activos; sin estimar las consecuencias y efectos que pueden provocar al menor sustraído, siendo resultado de ello experiencias inoportunas que no permiten un adecuado desarrollo íntegro del menor, puesto que son diferentes las circunstancias, edades en las que perciben el acto de sustracción. Concluyéndose que en la tipificación del ilícito no hay una pena suficiente y carece de agravantes en cuanto no se determina la edad del menor, puesto que la pena a imponerse debe ser conforme a la afectación del sujeto pasivo, no primando el principio del interés superior del niño; asimismo hay una doble vulneración de derechos que se encuentran reconocidos en nuestra Constitución, son la Patria Potestad y ante todo primordialmente el derecho que tiene el menor de una autorrealización como cualquier niño, a un ambiente adecuado y bienestar pleno; por ello debe de integrarse agravantes al articulado para proteger ambos derechos, primordialmente la protección para el niño antes y después de culminada la condena del imputado. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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