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El Deber de Autoprotección de la víctima en el delito de Estafa, en el Distrito Fiscal de Lima Sur, 2015

Descripción del Articulo

El presente trabajo se titula: “El Deber de Autoprotección de La víctima en el delito de Estafa, en el Distrito Fiscal de Lima Sur, Año 2015.”; para tal efecto se ha preguntado ello, ¿En el delito de estafa, en qué casos no se protegerá la víctima, siendo su objetivo desarrollar los casos, en que no...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Moreno Carhuajulca, Kristell Stefhany
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2016
Institución:Universidad Alas Peruanas
Repositorio:UAP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uap.edu.pe:20.500.12990/441
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12990/441
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Victimología
Diligencia
Autoprotección
Victima
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente trabajo se titula: “El Deber de Autoprotección de La víctima en el delito de Estafa, en el Distrito Fiscal de Lima Sur, Año 2015.”; para tal efecto se ha preguntado ello, ¿En el delito de estafa, en qué casos no se protegerá la víctima, siendo su objetivo desarrollar los casos, en que no se protegerá a la víctima en el delito de estafa, para determinar su eximencia penal mediante el análisis de disposiciones fiscal y entrevista a los operadores judiciales, mediante la entrevista a los fiscales, jueces penales de Lima, y análisis de doctrina, para garantizar su correcta aplicación en los casos penales; estando a lo expuesto se ha obtenido como respuesta que de las preguntas que el 57.5% de los operadores encuestados muestran una tendencia favorable, destacando el indicador del deber de diligencia en la víctima frente al engaño, entonces la conducta del sujeto activo no merecerá sanción penal. Finalmente se concluye que el deber de autoprotección de la víctima en el delito de Estafa los resultados están acorde con la postura teórica desarrollada en el marco teórico, de que en la contribución de la víctima al resultado típico influye en el ámbito de responsabilidad del autor, es decir, que cuando exista una infracción de la víctima en sus deberes de autoprotección puede conducir a una exclusión del tipo penal, por ser el engaño inidóneo.
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