Justicia Penal y la Racionalidad en la Argumentación Jurídica en los Mandatos de Prisión Preventiva
Descripción del Articulo
En términos concretos, la tesis titulada: “Justicia penal y la racionalidad en la argumentación jurídica en los mandatos de prisión preventiva”; tiene como fundamento jurídico, práctico y filosófico en haberse ocupado del razonamiento que debe realizar el juez al momento de emitir una resolución de...
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| Formato: | tesis doctoral |
| Fecha de Publicación: | 2015 |
| Institución: | Universidad Andina Néstor Cáceres Velasquez |
| Repositorio: | UANCV-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.uancv.edu.pe:UANCV/306 |
| Enlace del recurso: | http://repositorio.uancv.edu.pe/handle/UANCV/306 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
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En términos concretos, la tesis titulada: “Justicia penal y la racionalidad en la argumentación jurídica en los mandatos de prisión preventiva”; tiene como fundamento jurídico, práctico y filosófico en haberse ocupado del razonamiento que debe realizar el juez al momento de emitir una resolución de prisión preventiva en contra del investigado. El uso no excepcional, excesivo y abusivo de la prisión preventiva es uno de los problemas más graves, signo del fracaso del sistema de administración de justicia, constituyendo un irrespeto a la presunción de inocencia. Lo que hemos realizado, es un estudio de análisis descriptivo de las resoluciones de prisión preventiva, es su faz argumentativa, esto, sobre la base de la justicia penal, donde el juez no puede dictar resolución alguna sin su observancia debida, sino debe verificar la concurrencia de algunos requisitos establecidos por la ley procesal penal, para ello, debe realizar un razonamiento jurídico con la finalidad de resolver con validez legal, lógica y racional; es decir, dictar una resolución con un tipo de racionalidad mínima sin caer a la discrecionalidad judicial, sino a interpretaciones justificadas. En esa idea, no es posible aplicar una norma si antes no se ha comprendido su significado. El juez, lejos de aplicar silogismos de tipo formal, debe interpretar la ley y luego argumentar. En términos particulares, el Procesal Penal ha determinado la obligación de motivar una resolución que tiene por objeto limitar algún derecho del imputado, esa motivación debe estar acorde con la argumentación jurídica, que ayuda a entender la motivación, cuyo razonamiento garantiza que se ha actuado racionalmente. Para ello, el juez debe razonar atendiendo a las circunstancias de hecho y de derecho imprescindibles para asumir la decisión. Pero la motivación deviene en defectuosa cuando de las premisas previamente establecidas por el juez resulte una inferencia inválida (o mal razonamiento).En términos concretos, la tesis titulada: “Justicia penal y la racionalidad en la argumentación jurídica en los mandatos de prisión preventiva”; tiene como fundamento jurídico, práctico y filosófico en haberse ocupado del razonamiento que debe realizar el juez al momento de emitir una resolución de prisión preventiva en contra del investigado. El uso no excepcional, excesivo y abusivo de la prisión preventiva es uno de los problemas más graves, signo del fracaso del sistema de administración de justicia, constituyendo un irrespeto a la presunción de inocencia. Lo que hemos realizado, es un estudio de análisis descriptivo de las resoluciones de prisión preventiva, es su faz argumentativa, esto, sobre la base de la justicia penal, donde el juez no puede dictar resolución alguna sin su observancia debida, sino debe verificar la concurrencia de algunos requisitos establecidos por la ley procesal penal, para ello, debe realizar un razonamiento jurídico con la finalidad de resolver con validez legal, lógica y racional; es decir, dictar una resolución con un tipo de racionalidad mínima sin caer a la discrecionalidad judicial, sino a interpretaciones justificadas. En esa idea, no es posible aplicar una norma si antes no se ha comprendido su significado. El juez, lejos de aplicar silogismos de tipo formal, debe interpretar la ley y luego argumentar. En términos particulares, el Procesal Penal ha determinado la obligación de motivar una resolución que tiene por objeto limitar algún derecho del imputado, esa motivación debe estar acorde con la argumentación jurídica, que ayuda a entender la motivación, cuyo razonamiento garantiza que se ha actuado racionalmente. Para ello, el juez debe razonar atendiendo a las circunstancias de hecho y de derecho imprescindibles para asumir la decisión. Pero la motivación deviene en defectuosa cuando de las premisas previamente establecidas por el juez resulte una inferencia inválida (o mal razonamiento). |
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En términos concretos, la tesis titulada: “Justicia penal y la racionalidad en la argumentación jurídica en los mandatos de prisión preventiva”; tiene como fundamento jurídico, práctico y filosófico en haberse ocupado del razonamiento que debe realizar el juez al momento de emitir una resolución de prisión preventiva en contra del investigado. El uso no excepcional, excesivo y abusivo de la prisión preventiva es uno de los problemas más graves, signo del fracaso del sistema de administración de justicia, constituyendo un irrespeto a la presunción de inocencia. Lo que hemos realizado, es un estudio de análisis descriptivo de las resoluciones de prisión preventiva, es su faz argumentativa, esto, sobre la base de la justicia penal, donde el juez no puede dictar resolución alguna sin su observancia debida, sino debe verificar la concurrencia de algunos requisitos establecidos por la ley procesal penal, para ello, debe realizar un razonamiento jurídico con la finalidad de resolver con validez legal, lógica y racional; es decir, dictar una resolución con un tipo de racionalidad mínima sin caer a la discrecionalidad judicial, sino a interpretaciones justificadas. En esa idea, no es posible aplicar una norma si antes no se ha comprendido su significado. El juez, lejos de aplicar silogismos de tipo formal, debe interpretar la ley y luego argumentar. En términos particulares, el Procesal Penal ha determinado la obligación de motivar una resolución que tiene por objeto limitar algún derecho del imputado, esa motivación debe estar acorde con la argumentación jurídica, que ayuda a entender la motivación, cuyo razonamiento garantiza que se ha actuado racionalmente. Para ello, el juez debe razonar atendiendo a las circunstancias de hecho y de derecho imprescindibles para asumir la decisión. Pero la motivación deviene en defectuosa cuando de las premisas previamente establecidas por el juez resulte una inferencia inválida (o mal razonamiento).En términos concretos, la tesis titulada: “Justicia penal y la racionalidad en la argumentación jurídica en los mandatos de prisión preventiva”; tiene como fundamento jurídico, práctico y filosófico en haberse ocupado del razonamiento que debe realizar el juez al momento de emitir una resolución de prisión preventiva en contra del investigado. El uso no excepcional, excesivo y abusivo de la prisión preventiva es uno de los problemas más graves, signo del fracaso del sistema de administración de justicia, constituyendo un irrespeto a la presunción de inocencia. Lo que hemos realizado, es un estudio de análisis descriptivo de las resoluciones de prisión preventiva, es su faz argumentativa, esto, sobre la base de la justicia penal, donde el juez no puede dictar resolución alguna sin su observancia debida, sino debe verificar la concurrencia de algunos requisitos establecidos por la ley procesal penal, para ello, debe realizar un razonamiento jurídico con la finalidad de resolver con validez legal, lógica y racional; es decir, dictar una resolución con un tipo de racionalidad mínima sin caer a la discrecionalidad judicial, sino a interpretaciones justificadas. En esa idea, no es posible aplicar una norma si antes no se ha comprendido su significado. El juez, lejos de aplicar silogismos de tipo formal, debe interpretar la ley y luego argumentar. En términos particulares, el Procesal Penal ha determinado la obligación de motivar una resolución que tiene por objeto limitar algún derecho del imputado, esa motivación debe estar acorde con la argumentación jurídica, que ayuda a entender la motivación, cuyo razonamiento garantiza que se ha actuado racionalmente. Para ello, el juez debe razonar atendiendo a las circunstancias de hecho y de derecho imprescindibles para asumir la decisión. Pero la motivación deviene en defectuosa cuando de las premisas previamente establecidas por el juez resulte una inferencia inválida (o mal razonamiento). |
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En términos concretos, la tesis titulada: “Justicia penal y la racionalidad en la argumentación jurídica en los mandatos de prisión preventiva”; tiene como fundamento jurídico, práctico y filosófico en haberse ocupado del razonamiento que debe realizar el juez al momento de emitir una resolución de prisión preventiva en contra del investigado. El uso no excepcional, excesivo y abusivo de la prisión preventiva es uno de los problemas más graves, signo del fracaso del sistema de administración de justicia, constituyendo un irrespeto a la presunción de inocencia. Lo que hemos realizado, es un estudio de análisis descriptivo de las resoluciones de prisión preventiva, es su faz argumentativa, esto, sobre la base de la justicia penal, donde el juez no puede dictar resolución alguna sin su observancia debida, sino debe verificar la concurrencia de algunos requisitos establecidos por la ley procesal penal, para ello, debe realizar un razonamiento jurídico con la finalidad de resolver con validez legal, lógica y racional; es decir, dictar una resolución con un tipo de racionalidad mínima sin caer a la discrecionalidad judicial, sino a interpretaciones justificadas. En esa idea, no es posible aplicar una norma si antes no se ha comprendido su significado. El juez, lejos de aplicar silogismos de tipo formal, debe interpretar la ley y luego argumentar. En términos particulares, el Procesal Penal ha determinado la obligación de motivar una resolución que tiene por objeto limitar algún derecho del imputado, esa motivación debe estar acorde con la argumentación jurídica, que ayuda a entender la motivación, cuyo razonamiento garantiza que se ha actuado racionalmente. Para ello, el juez debe razonar atendiendo a las circunstancias de hecho y de derecho imprescindibles para asumir la decisión. Pero la motivación deviene en defectuosa cuando de las premisas previamente establecidas por el juez resulte una inferencia inválida (o mal razonamiento).En términos concretos, la tesis titulada: “Justicia penal y la racionalidad en la argumentación jurídica en los mandatos de prisión preventiva”; tiene como fundamento jurídico, práctico y filosófico en haberse ocupado del razonamiento que debe realizar el juez al momento de emitir una resolución de prisión preventiva en contra del investigado. El uso no excepcional, excesivo y abusivo de la prisión preventiva es uno de los problemas más graves, signo del fracaso del sistema de administración de justicia, constituyendo un irrespeto a la presunción de inocencia. Lo que hemos realizado, es un estudio de análisis descriptivo de las resoluciones de prisión preventiva, es su faz argumentativa, esto, sobre la base de la justicia penal, donde el juez no puede dictar resolución alguna sin su observancia debida, sino debe verificar la concurrencia de algunos requisitos establecidos por la ley procesal penal, para ello, debe realizar un razonamiento jurídico con la finalidad de resolver con validez legal, lógica y racional; es decir, dictar una resolución con un tipo de racionalidad mínima sin caer a la discrecionalidad judicial, sino a interpretaciones justificadas. En esa idea, no es posible aplicar una norma si antes no se ha comprendido su significado. El juez, lejos de aplicar silogismos de tipo formal, debe interpretar la ley y luego argumentar. En términos particulares, el Procesal Penal ha determinado la obligación de motivar una resolución que tiene por objeto limitar algún derecho del imputado, esa motivación debe estar acorde con la argumentación jurídica, que ayuda a entender la motivación, cuyo razonamiento garantiza que se ha actuado racionalmente. Para ello, el juez debe razonar atendiendo a las circunstancias de hecho y de derecho imprescindibles para asumir la decisión. Pero la motivación deviene en defectuosa cuando de las premisas previamente establecidas por el juez resulte una inferencia inválida (o mal razonamiento). |
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El juez, lejos de aplicar silogismos de tipo formal, debe interpretar la ley y luego argumentar. En términos particulares, el Procesal Penal ha determinado la obligación de motivar una resolución que tiene por objeto limitar algún derecho del imputado, esa motivación debe estar acorde con la argumentación jurídica, que ayuda a entender la motivación, cuyo razonamiento garantiza que se ha actuado racionalmente. Para ello, el juez debe razonar atendiendo a las circunstancias de hecho y de derecho imprescindibles para asumir la decisión. 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