El trabajo comunitario como alternativa para la conversión de las penas en el delito de omisión de asistencia familiar para los fines de resocialización del imputado.

Descripción del Articulo

Actualmente es muy discutible que las penas cortas cumplan una prevención general ni especial y muchas veces ni siquiera llegan a ejecutarse: no resocializan, impiden un eficiente tratamiento y resultan siendo un factor criminógeno por fomentar la contaminación carcelaria; en este contexto se da la...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Chávez Centeno, Diana Jackelin
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2017
Institución:Universidad Andina del Cusco
Repositorio:UAC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uandina.edu.pe:20.500.12557/768
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12557/768
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Conversión-Pena
Prestación-Servicios
Comunidad
Trabajos gratuitos
Condenado
Rehadaptación
Descripción
Sumario:Actualmente es muy discutible que las penas cortas cumplan una prevención general ni especial y muchas veces ni siquiera llegan a ejecutarse: no resocializan, impiden un eficiente tratamiento y resultan siendo un factor criminógeno por fomentar la contaminación carcelaria; en este contexto se da la alternativa de la sustitución de la pena con sus propias limitaciones, específicamente la conversión de una pena en otra en el curso de su ejecución; debiendo cumplir dos requisitos una en que por la cantidad de la pena privativa de libertad no era procedente el otorgamiento de la suspensión de la ejecución de la pena o la reserva de fallo condenatorio y si la pena privativa de libertad aplicada no es superior a dos años. La pena de prestación de servicios a la comunidad, consiste en la obligación de realizar trabajos gratuitos en instituciones asistenciales y en obras públicas, cuyos trabajos se asignan teniendo en cuenta las aptitudes del condenado y se realizan en jornadas de diez horas semanales, en días inhábiles, existen críticas a esta por ser un trabajo no remunerado prohibido constitucionalmente; pero no es así, porque se trata de una clase de pena y no un trabajo normal, además se desarrolla en lugares que por su naturaleza no son lucrativos; tampoco se trata de trabajos forzados, se toma en cuenta las aptitudes del condenado, además el horario no interrumpe el trabajo normal de éste. La limitación de días libres, consiste en que el condenado tiene la obligación de permanecer en establecimientos organizados con fines educativos; donde se le orienta en su rehabilitación, siendo las ventajas el estar en un establecimiento adecuado y recibiendo orientación (arresto de fin de semana), permaneciendo en el establecimiento entre diez y dieciséis horas cada fin de semana. Toda esta corriente surge desde la crisis de la ideología resocializadora, que sirve para desenmascarar la pretendida bondad de la prisión. Según Borja Mapelli el nuevo instituto de la sustitución de la pena, se configura como una potestad de jueces y tribunales para sustituir las penas de prisión impuestas a delincuentes no habituales, para ello atenderán a las circunstancias del reo, su conducta y la naturaleza del hecho, y cada fin de semana consistiría en una privación de libertad aplazada que se cumple por lo común durante los fines de semana, es decir durante las treinta y seis horas comprendidas entre las doce de la mañana del sábado a las doce de la noche del domingo, el lugar de internamiento será la institución penitenciaria, la comisaria o el depósito municipal más próximo al domicilio del penado, está fijado como mínimo un fin de semana y máxima de veinticuatro a reclusión, sin contacto con el mundo exterior, sin actividad alguna de índole educativa, permite sostener que se trata de la ejecución de una pena orientada a la reinserción y el ingreso a la cárcel, tiene las desventajas de contagio criminógeno y la estigmatización social como ex recluso, en la actualidad las cárceles con universidades del crimen, donde los avezados ejercen influencia sobre los primerizos; la falta de trabajo que sufre el sujeto antes de ingresar a la cárcel se hace menos posible cuando sale de la prisión, la mala preparación del personal penitenciario, exiguos presupuestos, establecimientos colmados en su capacidad; hacen inviable toda rehadaptación.
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