Implicancias del plazo de caducidad de acción en la causal de divorcio por Sevicia

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación tuvo por objetivo determinar si procede el plazo de caducidad de la acción en la causal de divorcio por violencia física o psicológica (sevicia); así también se buscó demostrar que existen fundamentos para modificar el plazo de caducidad en la causal de divorcio...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Bernales Ludeña, Piero
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Andina del Cusco
Repositorio:UAC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uandina.edu.pe:20.500.12557/4919
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12557/4919
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Violencia psicológica
Violencia física
Relación conyugal
Divorcio
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación tuvo por objetivo determinar si procede el plazo de caducidad de la acción en la causal de divorcio por violencia física o psicológica (sevicia); así también se buscó demostrar que existen fundamentos para modificar el plazo de caducidad en la causal de divorcio por violencia física o psicológica (artículo 339º del código civil); fundamentos que serán expuestos en la presente investigación. El desarrollo del presente trabajo de investigación se ha visto por conveniente recurrir al estudio conceptos de: familia, que es la base fundamental para constituir una sociedad, matrimonio que es la unión de dos personas de diferente sexo que se encuentran en edad de contraer nupcias, divorcio que podemos indicar que es el fin de la relación conyugal, entre otros conceptos que ayudaron en la elaboración de la presente tesis. Así también se tuvo que recurrir al estudio de 11 expedientes judiciales de la Corte Superior de Justicia del Cusco en la que se advierte que el plazo de caducidad que signa el artículo 339º del código civil es únicamente de seis meses por lo que sería necesario la ampliación del plazo para tener un proceso más justo para salvaguardar los intereses de las partes. Teniendo en cuenta que en el artículo 333º inciso 333º .2, sobre la causal de divorcio por violencia física o psicológica, que el juez apreciara según las circunstancias, es necesario indicar que la existencia de un conyugue culpable que somete a actos de crueldad o dureza a otro inocente o afectado, por último, la caducidad que es entendida como el plazo establecido para hacer valer un derecho reconocido por la norma, la que una vez cumplida, esta no podrá ser interpuesta. Finalmente se tiene en las conclusiones que se llegaron producto de la presente investigación, lo que llevo a plantear ciertas recomendaciones, que se plantea para un mejor análisis del tema tratado respecto al divorcio por violencia física o psicológica (sevicia).
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).