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Sistema registral constitutivo y la garantía del derecho de propiedad en el Perú

Descripción del Articulo

El Derecho Registral viene adquiriendo más relevancia de una manera vertiginosa desde unos años atrás, por lo que cada vez más personas confían en la Superintendencia De Los Registros Públicos – SUNARP , sin embargo no en muchos casos la información que otorga esta entidad resulta ser fidedigna pese...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Flores Medina, Miluska
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Andina del Cusco
Repositorio:UAC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uandina.edu.pe:20.500.12557/4907
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12557/4907
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Sistema declarativo
Sistema constitutivo
Partida registral
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El Derecho Registral viene adquiriendo más relevancia de una manera vertiginosa desde unos años atrás, por lo que cada vez más personas confían en la Superintendencia De Los Registros Públicos – SUNARP , sin embargo no en muchos casos la información que otorga esta entidad resulta ser fidedigna pese a la llamada seguridad jurídica que esta ofrece, en nuestro país las inscripciones de muebles e inmuebles son declarativas lo que indica que están sujetas a criterio de los propietarios, en tal sentido el propietario que figura en SUNARP no necesariamente es quien efectivamente es el último propietario generando de esta manera un tracto registral difícil de inscribir por múltiples motivos ajenos al registro, por lo que incluso se realizó una modificación al código civil en su art. 2014 en virtud del cual tenemos la obligación de buscar en los títulos archivados existentes de la partida objeto de compra venta que efectivamente el propietario es el que consta en la partida electrónica y que en caso de demostrase que se conocía la inexactitud de la partida el comprador pierde su derecho, por lo que este articulo desvirtúa la pretendida protección jurídica que SUNARP nos ofrece; en tal sentido de implementarse un sistema constitutivo en nuestro país no tendríamos tal inconveniente pues todos los actos fuera del registro no existirían, con lo cual aseguramos la existencia del verdadero propietario frente a la sociedad, sin miedo a perder nuestro bien adquirido; quizás un modelo a seguir de manera progresiva puede ser el de Republica Dominicana que tiene ambos sistemas para su predios, donde se presume que todos los terrenos pertenecen al estado, salvo aquellos debidamente inscritos en el registro y aquellos que pertenecen al sistema declarativo constan inscritos en el registro solo como fuente de información para el público en general más no otorgan certeza de su existencia ni mucho menos de sus antecedentes de posesión que tuviera, de tal modo que de implementarse un sistema constitutivo nos brindaría múltiples beneficios desde una seguridad jurídica, una notable reducción en los procesos judiciales como nulidad de escritura pública, estelionatos entre otros, así también un mayor flujo económico en nuestra economía, la posibilidad de vender bases graficas debidamente delimitadas, no obstante a los beneficios esta implementación debe ser progresiva y sin retroceso.
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