Control de constitucionalidad de los regímenes de excepción en el estado constitucional peruano

Descripción del Articulo

La finalidad del presente trabajo de investigación fue explicar cuáles son los criterios argumentativos que justifican realizar el control de constitucionalidad de los regímenes de excepción en el estado constitucional peruano; para lo cual se realizó una investigación jurídica de tipo dogmático -no...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Robles Espinoza, Fabel Bernabé
Formato: tesis doctoral
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo
Repositorio:UNASAM-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:172.16.0.151:UNASAM/4844
Enlace del recurso:http://repositorio.unasam.edu.pe/handle/UNASAM/4844
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Control de constitucionalidad
Régimen de excepción
Anormalidad constitucional
Estado constitucional
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La finalidad del presente trabajo de investigación fue explicar cuáles son los criterios argumentativos que justifican realizar el control de constitucionalidad de los regímenes de excepción en el estado constitucional peruano; para lo cual se realizó una investigación jurídica de tipo dogmático -normativa-teórica- y por su naturaleza fue cualitativa; empleándose la técnica documental y análisis de contenido y la argumentación jurídica, como método del diseño metodológico para validar la hipótesis. La investigación ha demostrado que el ordenamiento jurídico peruano no cuenta con una Ley especial que regule de manera integral los supuestos, procedimientos, plazos, precisiones conceptuales, sanciones entre otros aspectos propios de un verdadero “derecho de excepción”; y, como consecuencia se tiene que el Poder Ejecutivo recurriendo a su potestad discrecional ha declarado en estados de excepción para hacer frente a protestas sociales, combatir la delincuencia común o hasta luchar contra los remanentes terroristas. Y esta desnaturalización pasa por la regulación deficiente del artículo 200º último párrafo de la constitución que prohíbe que un juez pueda realizar un control jurisdiccional prohibición que fue ratificada por el Tribunal Constitucional
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