La constitución politica del perú y la prestación de alimentos en las familias ensambladas

Descripción del Articulo

Sin duda alguna, podemos observar que en los últimos años se viene produciendo una serie de cambios en nuestra sociedad, específicamente en el tema de familia, teniendo como consecuencia un cambio en la concepción tradicional de la familia (nuclear), como producto de la equiparación de los derechos...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Meza Mendoza, Elias Juan
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2015
Institución:Universidad Nacional de Huancavelica
Repositorio:UNH-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unh.edu.pe:20.500.14597/458
Enlace del recurso:http://repositorio.unh.edu.pe/handle/UNH/458
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Constitución política
Derecho de personas
Prestación de alimentos
Descripción
Sumario:Sin duda alguna, podemos observar que en los últimos años se viene produciendo una serie de cambios en nuestra sociedad, específicamente en el tema de familia, teniendo como consecuencia un cambio en la concepción tradicional de la familia (nuclear), como producto de la equiparación de los derechos de varones y mujeres, de los cambios económicos y sociales, del cambio de roles asignados tradicionalmente a la mujer y al varón, regulación del divorcio, proliferación de las uniones de hecho y pérdida de interés y confianza en el matrimonio, entre otras causas, generándose otro tipo de familias, denominados "Familias Ensambladas". Ante, la aparición de esta nueva estructura familiar es necesario que nuestro ordenamiento jurídico se adecue y los regule, con la finalidad de dar protección integral a quienes conforman dicha familia y las relaciones entre sus miembros, así como las obligaciones que podrían tener cada uno de los padres a favor de los hijos afín, en razón que nuestra Constitución de 1993, no logra identificar, ni mucho menos regular esta nueva institución jurídica, si bien, el Tribunal Constitucional en las Sentencias (Exp. N° 09332-2006-PA/TC) y (Exp. N° 04493-2008-PNTC), definió este tipo de familias, mas no las regula, ni mucho menos contiene un carácter vinculante. Arribándose a la conclusión que los padres afín, sí deben tener obligaciones alimentarias a favor de los hijos afín, siempre que se cumpla con ciertas condiciones, a fin que no se haga un abuso de derecho.
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