La aplicación del control difuso y del control concentrado, en favor de las uniones de hecho en el Perú
Descripción del Articulo
La investigación es de tipo es básico cualitativo, se emplearon el método deductivo y el método inductivo. La investigación está basada en la teoría fundamentada, que se sustenta en la teoría del interaccionismo simbólico para comprender cómo definen los individuos un fenómeno o acontecimiento a tra...
Autor: | |
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Formato: | tesis doctoral |
Fecha de Publicación: | 2022 |
Institución: | Universidad Nacional Federico Villarreal |
Repositorio: | UNFV-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.unfv.edu.pe:20.500.13084/7040 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.13084/7040 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Procesos jurídicos y resolución de conflictos Control difuso Defensa de los derechos fundamentales Control de legalidad Unión de hecho https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | La investigación es de tipo es básico cualitativo, se emplearon el método deductivo y el método inductivo. La investigación está basada en la teoría fundamentada, que se sustenta en la teoría del interaccionismo simbólico para comprender cómo definen los individuos un fenómeno o acontecimiento a través de su interacción social. Tuvo como objetivo general Determinar si la intervención del Tribunal Constitucional, a través del control constitucional concentrado, protegen los derechos fundamentales consagrados en la Constitución del Perú de 1993. La investigación tiene como propósito demostrar que las normas que las normas infra constitucionales, en el Perú, en muchos casos, colisionan abiertamente con la Constitución, como el caso del artículo 326 del Código Civil del Perú de 1984 y la Constitución de 1993. Se realizó un análisis cualitativo de tres expedientes y un análisis cuantitativo aplicando una encuesta a 36 jueces y fiscales. Se concluye: 1. La intervención del Tribunal Constitucional, a través del control constitucional concentrado, protege los derechos fundamentales consagrados en la Constitución del Perú de 1993. 2. El magistrado del Tribunal Constitucional del Perú, al haber concedido pensión de viudez a la concubina supérstite, protegió la unión de hecho antes que hubiera una norma expresa que lo hiciera. 3. El principio de jerarquía piramidal, consagrado en el artículo 51º de la Constitución de 1993, protege determinados derechos fundamentales, que dimanan de las relaciones jurídicas concubinarias. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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