Las empresas de tercerización y la limitación de derechos colectivos de trabajo en la actividad minera en Pasco 2010-2018

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RESUMEN La tesis denominada “Las empresas de tercerización y la limitación de derechos colectivos de trabajo en la actividad minera en Pasco 2010-2018”, nos ha permitido conocer que la provincia de Pasco es una de las provincia que económica y laboralmente está dedicada a la actividad minera, al obt...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Bonifacio Ayala, Leslie Maria
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión
Repositorio:UNDAC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.undac.edu.pe:undac/2328
Enlace del recurso:http://repositorio.undac.edu.pe/handle/undac/2328
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Libertad sindical
Derecho colectivo
Tercerización
Derecho
Descripción
Sumario:RESUMEN La tesis denominada “Las empresas de tercerización y la limitación de derechos colectivos de trabajo en la actividad minera en Pasco 2010-2018”, nos ha permitido conocer que la provincia de Pasco es una de las provincia que económica y laboralmente está dedicada a la actividad minera, al obtener información de su actividad principal me he permitido conocer la realidad de este sector de la actividad minera en Pasco y por supuesto he podido informarme que detrás de las actividades mineras principales llamadas así por la tercerización existen otras pequeñas empresas dedicadas también al sector de minería empresas que en merito a un contrato con la empresa principal desarrollan actividades propias en el sector y cada una de ellas cuentan con sus propios trabajadores, quienes dependen remunerativamente de las empresas especializadas o de tercerización como lo reconoce la Ley N° 29245, modificatoria y su reglamento D.S. N 006-2008-TR. La investigación desarrollada en mérito al problema planteado, sus objetivos, hipótesis y la discusión me permitió confirmar que en efecto el sector laboral mayoritario son trabajadores de empresas tercerizadoras y estos a la fecha no pueden desenvolverse y ejercer sus derechos colectivos, como el derecho a la sindicación, negociación colectiva, es decir no cuentan con mecanismos que colectivamente les permita establecer clausulas relacionados a su remuneración, condiciones de trabajo, productividad y otros, por supuesto ven limitados su derecho a la huelga, limitación que no solo se debe a la legislación nacional como la ley de negociación colectiva de trabajo comprendido en el D.S. 010-2003-TR, sino también en la propia ley de tercerización que entiende se han expedido pensando en la forma de explotación de recursos mineralizados a través de empresas centralizadas o únicas autorizadas para desarrollar el proceso productivo minero, no se ha advertido menos se ha adecuado la legislación nacional para empresas especializadas llamadas de tercerización, pese a que las diversas disposiciones legales han entendido las etapas de un proceso de producción en minería, por lo que considero que la presente tesis ha alcanzado su propósito. Palabras clave: Libertad sindical, Derecho colectivo, Tercerización.
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