La donación inoficiosa en el Perú. propuesta para eliminar los límites legales en el contrato de donación entre vivos.
Descripción del Articulo
El presente artículo trata sobre la donación inoficiosa en el Perú y establece argumentos jurídicos que evidencian la inconveniencia de aplicar las normas jurídicas de la sucesión testamentaria a la donación entre vivos ya que los efectos son diferentes, lo que no ocurre con la donación mortis causa...
| Autor: | |
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| Formato: | artículo |
| Fecha de Publicación: | 2025 |
| Institución: | Universidad Nacional de Cajamarca |
| Repositorio: | UNC-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.unc.edu.pe:20.500.14074/10369 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.14074/10369 https://doi.org/10.70467/rqi.n15.7 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | el contrato de donación la donación entre vivos ímites legales a la donación la legítima hereditaria el derecho fundamental a la libertad contractual https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | El presente artículo trata sobre la donación inoficiosa en el Perú y establece argumentos jurídicos que evidencian la inconveniencia de aplicar las normas jurídicas de la sucesión testamentaria a la donación entre vivos ya que los efectos son diferentes, lo que no ocurre con la donación mortis causa. Pensamos que imponer limitaciones legales a la donación entre vivos transgrede el derecho de las personas a su autonomía privada de la voluntad como parte integrante del derecho fundamental a la libertad contractual. El argumento central para limitar las donaciones es proteger la legítima hereditaria; sin embargo, en la donación entre vivos aún no fallece el donante, no existen herederos, ni se ha determinado la masa hereditaria, por lo que se afecta la función social y económica de los contratos ya que se está protegiendo, a nuestro parecer, de manera irrazonable a los futuros herederos forzosos. Por otro lado, la aplicación del Derecho Sucesorio al contrato de donación entre vivos vulnera el principio de seguridad jurídica ya que el donatario no podría disponer libremente del bien donado hasta la muerte del donante y el cumplimiento del plazo prescriptorio para la acción de inoficiosidad del heredero forzoso. Finalmente, consideramos que las limitaciones legales al contrato de donación entre vivos no deben estar relacionadas con la legítima hereditaria ya que no puede obligarse a una persona a cumplir con una solidaridad familiar en casos en los cuales los herederos no lo merezcan. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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