Fundamentos jurídicos para incorporar la conducta del que difunde contenido sexual obtenido sin la anuencia de la víctima en el delito de difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual del código penal peruano

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El derecho a la intimidad ha venido siendo transgredida con el pasar de los años, y actualmente una manera de violencia ejercida contra ella, se ha visto con el uso desmedido de las redes sociales, sobre todo cuando se propala contenido íntimo de una determinada persona mediante esta herramienta; te...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Huaripata Huatay, Carmen Luz
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Nacional de Cajamarca
Repositorio:UNC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unc.edu.pe:20.500.14074/7123
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14074/7123
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Fundamentos jurídicos
Obtención de contenido sexual sin anuencia de la víctima
Transgresión del derecho a la intimidad
ArtÍculo 154 B del Código Penal Peruano.
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El derecho a la intimidad ha venido siendo transgredida con el pasar de los años, y actualmente una manera de violencia ejercida contra ella, se ha visto con el uso desmedido de las redes sociales, sobre todo cuando se propala contenido íntimo de una determinada persona mediante esta herramienta; tema que nos ha conllevado al estudio de la presente investigación, abarcando como problemática: la deficiencia jurídica del artículo 154 B del Código Penal Peruano frente a la protección del derecho a la intimidad de la víctima. La presente tesis tiene por objetivo determinar los fundamentos jurídicos para incorporar la conducta del que difunde contenido sexual obtenido sin la anuencia de la víctima, en el delito de difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual previsto en el artículo 154 B, para lo cual se realizó un análisis con respecto a la transgresión de la intimidad como bien jurídico protegido y si la incorporación de la conducta del que difunde es lo más apropiado para la satisfacción del fin preventivo general positivo de la pena, en atención a lo cual se analizó dogmáticamente los elementos del tipo penal 154 B desentrañando el contenido del bien jurídico protegido, asimismo se desarrolló los alcances de los fines de la pena y se planteó una propuesta legislativa. En cuanto a los métodos empleados, se utilizó el método dogmático; el cual nos permitió realizar un estudio y análisis del artículo 154 B, para detectar la existencia de laguna normativa en dicha norma penal. Se concluye finalmente que la incorporación de la conducta del que difunde, al artículo 154 B del Código Penal Peruano favorece en la efectiva protección total del derecho a la intimidad de la víctima y satisface el fin preventivo general positivo de la pena.
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