Aplicación del articulo 2° de la Ley N° 30628 en el proceso de filiacion extramatrimonial en los supuestos de incapacidad del presunto padre

Descripción del Articulo

La presente investigación titulada "APLICACIÓN DEL ARTICULO 2° DE LA LEY N° 30628 EN EL PROCESO DE FILIACION EXTRAMATRIMONIAL EN LOS SUPUESTOS DE INCAPACIDAD DEL PRESUNTO PADRE", tiene por finalidad demostrar que la Ley que regula el Proceso de Declaración Judicial de Paternidad Extramatri...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Zapata Rufino, Almendra Caroline
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Nacional de Piura
Repositorio:UNP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unp.edu.pe:UNP/1544
Enlace del recurso:https://repositorio.unp.edu.pe/handle/UNP/1544
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Incapacidad
ADN
Derecho de integridad
Derecho de identidad
Articulo 2° de la Ley N° 30628
Filiación Extramatrimonial
Derecho
Descripción
Sumario:La presente investigación titulada "APLICACIÓN DEL ARTICULO 2° DE LA LEY N° 30628 EN EL PROCESO DE FILIACION EXTRAMATRIMONIAL EN LOS SUPUESTOS DE INCAPACIDAD DEL PRESUNTO PADRE", tiene por finalidad demostrar que la Ley que regula el Proceso de Declaración Judicial de Paternidad Extramatrimonial; no establece los supuestos de incapacidad del presunto padre; teniendo en cuenta que al presentarse estos casos se estaría vulnerando el derecho de identidad de la persona; dado que tiene como base la prueba de ADN, la cual sería inaplicable en estos casos, ya que se vulneraría el derecho de integridad del presunto padre, al atentar contra su cuerpo. Es por ello que, se realizó un análisis exhaustivo de la doctrina para poder determinar qué derechos se verían vulnerados; para lo cual se consultó opiniones de los tratadistas peruanos; llegando a la conclusión que para evitar la vulneración de los derechos del presunto padre si sería aplicable el artículo 2° de la Ley N°30628, que regula el ADN llamado de la ancestralidad (prueba de ADN a los padres del demandado) o fraternalidad (a los hijos del mismo); con el fin de evitar que se vulneren los derechos tanto de la persona que busca determinar su vínculo paterno filial y el demandado con capacidad de ejercicio restringida; a fin de poder determinar la paternidad de quien la reclama. Asimismo se llegó a la conclusión que en el caso de los mayores de 14 años y menores de 18 años, si bien la ley señala que son incapaces debido a su minoría de edad, los mismos podrían ser sometidos a la prueba de ADN, ya que la ley establece que están legitimados para comparecer en este tipo de procesos.
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