La responsabilidad restringida del artículo 22 y la edad influyente del artículo 46 del código penal

Descripción del Articulo

La presente investigación titulada “LA RESPONSABILIDAD RESTRINGIDA DEL ARTICULO 22 Y LA EDAD INFLUYENTE DEL ARTICULO 46 DEL CODIGO PENAL”, tiene como finalidad el determinar que no existen los parámetros para determinar la edad influyente, que es considerada una circunstancial de atenuación, y por c...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Estrada Rojas, Kevin Rick
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Nacional de Piura
Repositorio:UNP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unp.edu.pe:20.500.12676/2787
Enlace del recurso:https://repositorio.unp.edu.pe/handle/20.500.12676/2787
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:edad influyente
responsabilidad restringida
determinación de la pena
circunstancia de atenuación
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación titulada “LA RESPONSABILIDAD RESTRINGIDA DEL ARTICULO 22 Y LA EDAD INFLUYENTE DEL ARTICULO 46 DEL CODIGO PENAL”, tiene como finalidad el determinar que no existen los parámetros para determinar la edad influyente, que es considerada una circunstancial de atenuación, y por consiguiente la imposibilidad de poder ser aplicada por los magistrados al momento de determinar una pena; pues en los casos en el que se presenta la edad como factor de atenuación, los magistrados aplican del artículo 22 en el que se establece la responsabilidad restringida, en el cual se determina con claridad cual serían los parámetros de edad, para poder disminuir prudencialmente la pena. Para ello, se ha realizado un análisis de la legislación nacional, de la jurisprudencia, en especial del pronunciamiento sobre estos temas de la Corte Suprema de Justicia y por último la doctrina nacional, llegando a la conclusión que ni en la legislación, jurisprudencia y doctrina se ha llegado a establecer estos parámetros de edad, que deberían estar determinados en el artículo 46 inciso 1 literal H, por lo cual este artículo no podría ser aplicada por los magistrados al momento de resolver un caso. Por consiguiente, se llegó a la conclusión que dicho artículo 46 inciso 1 literal H, es un literal ambiguo ya que no se ha podido establecer los parámetros a los que se refiere la edad influyente, haciendo imposible su aplicación por nuestros magistrados, además es un literal equivalente al artículo 22, por lo cual sería un literal redundante ya que lo que trata de regular, ya lo regularía el artículo 22 a través de la responsabilidad restringida.
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