Informe jurídico sobre la resolución N° 2288- 2024/SPC-INDECOPI

Descripción del Articulo

El presente informe jurídico examina la Resolución N° 2288-2024/SPCINDECOPI, que resuelve la apelación presentada por Giancarlo Castro Vásquez, propietario del salón “LISSOS & COLOR”, contra la sanción de 2 UIT impuesta por brindar un laceado capilar defectuoso. La denuncia fue interpuesta por T...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Sandoval Muñoz, Maria Belén
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/204380
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14657/204380
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Protección del consumidor--Jurisprudencia--Perú
Sanciones administrativas--Jurisprudencia--Perú
Derecho administrativo--Jurisprudencia--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente informe jurídico examina la Resolución N° 2288-2024/SPCINDECOPI, que resuelve la apelación presentada por Giancarlo Castro Vásquez, propietario del salón “LISSOS & COLOR”, contra la sanción de 2 UIT impuesta por brindar un laceado capilar defectuoso. La denuncia fue interpuesta por Tania Mirelys Carranza Buenaño, quien sufrió molestias físicas, ardor ocular y daño visible en su cabello tras el procedimiento. La resolución analiza la responsabilidad del proveedor por incumplimiento del deber de seguridad y calidad en la prestación del servicio, conforme a lo establecido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor. La resolución evalúa si el proveedor infringió los artículos 18° y 25° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, relacionados con los deberes de idoneidad y seguridad. La Sala confirmó la infracción al deber de idoneidad por el deficiente servicio brindado, pero desestimó la infracción al deber de seguridad al no encontrarse prueba médica suficiente que acredite daño físico causado a la consumidora tras el laceado. El presente informe estructura un arduo análisis en torno a esta última decisión y tiene a bien dilucidar como principal problema jurídico el incumplimiento del deber general de seguridad, y para ello se apoyará en dar respuesta a los problemas secundarios que versan en la ausencia de los estándares mínimos exigibles, ausencia de diligencia y profesionalismo y la vulneración del deber de información. El informe concluye que el señor Castro Vásquez sí infringe el deber general de seguridad, en tanto el caso se trata de un riesgo previsible.
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