Informe sobre Sentencia o Resolución Nº 2025-2019/SPC-INDECOPI

Descripción del Articulo

El presente informe analiza la resolución Nª 2025-2019/SPC-INDECOPI, emitida por la Sala Especializada de Protección al Consumidor donde se resuelve sancionar al Banco Interamericano de Finanzas por infringir el mandato de no discriminación en el consumo en su servicio de otorgamiento de créditos hi...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Alor Osorio, Benjamin Jire
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/175240
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/18420
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Protección del consumidor--Jurisprudencia--Perú
Discriminación
Bancos--Perú
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Perú)
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente informe analiza la resolución Nª 2025-2019/SPC-INDECOPI, emitida por la Sala Especializada de Protección al Consumidor donde se resuelve sancionar al Banco Interamericano de Finanzas por infringir el mandato de no discriminación en el consumo en su servicio de otorgamiento de créditos hipotecarios y el deber de idoneidad en su servicio de tarjetas de crédito. La presente es una resolución importante porque aplica un cambio de criterio en la jurisprudencia del Indecopi de cómo ha de interpretarse la institución de la no discriminación en el consumo. Por ello, además de analizar la infracción al deber de idoneidad y si era o no competente el Indecopi para fiscalizar y sancionar, analizo, principalmente, si existe un adecuado manejo de la no discriminación en el consumo y sostengo como opiniones principales que el trato diferenciado del Banco no responde a una causa objetiva y razonable y que el cambio de criterio en la jurisprudencia del Indecopi no es adecuado para tutelar el mandato de no discriminación. Finalmente, concluyo, principalmente, que sí se ha constituido una infracción al mandato de no discriminación en el consumo porque se ha menoscabado el goce o ejercicio de un derecho en razón de un motivo prohibido de discriminación y sin existir una causa objetiva y razonable que explique el trato diferenciado del Banco.
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