Análisis de la Resolución Nº424-2023-OEFA/TFA-SE

Descripción del Articulo

La subsanación voluntaria como eximente de responsabilidad ha sido objeto de amplios debates desde su incorporación en la regulación ambiental, especialmente en función de la posibilidad determinación de infracciones insubsanables. En la Resolución N°424-2023-OEFA/TFA-SE, el Tribunal de Fiscalizació...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Rivera Maguiña, Freddy Gonzalo
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/204460
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14657/204460
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho administrativo--Jurisprudencia--Perú
Sanciones administrativas--Legislación--Perú
Responsabilidad administrativa--Legislación--Perú
Perú. Tribunal de Fiscalización Ambiental--Jurisprudencia
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La subsanación voluntaria como eximente de responsabilidad ha sido objeto de amplios debates desde su incorporación en la regulación ambiental, especialmente en función de la posibilidad determinación de infracciones insubsanables. En la Resolución N°424-2023-OEFA/TFA-SE, el Tribunal de Fiscalización Ambiental (TFA) analiza la aplicación de esta figura en el procedimiento administrativo sancionador (PAS) contra Activos Mineros S.A.C. (AMSAC), por el incumplimiento del cierre de la trinchera PA07 en la Ex Unidad Minera La Pastora, conforme a sus instrumentos de gestión ambiental. Por su parte, AMSAC alegó haber realizado el cierre antes del inicio del PAS por lo que solicitó que se revoque la declaración de responsabilidad y la sanción interpuesta por la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos (DFAI). Para el análisis de la aplicación de la subsanación voluntaria se plantean tres cuestionamientos: (i) cuáles son los alcances de la obligación ambiental incumplida por AMSAC en la remediación de pasivos ambientales mineros; (ii) cómo deben ser entendidas las clasificaciones de las infracciones para determinar la aplicación de la subsanación voluntaria; y (iii) cómo debería ser aplicada la figura de la subsanación voluntaria en el presente caso por el Tribunal de Fiscalización Ambiental. De esta manera, se hace un análisis del razonamiento del TFA para dilucidar los puntos de acierto en la aplicación de esta figura y los puntos con los que me encuentro en desacuerdo que son desarrollados para sustentar porqué el TFA debió considerarla como atenuante en la calificación de la infracción.
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).