Informe del Expediente N° 1179-2005. Proceso contencioso administrativo iniciado por LUZ DEL SUR S.A.A contra ELECTROPERÚ S.A. y OSINERGMIN por el pago de los excesos de consumo de energía

Descripción del Articulo

El presente informe jurídico versa sobre el análisis del Expediente N° 1179-2005, una controversia respecto al pago por los excesos de consumo de energía de Luz del Sur S.A.A (LDS) a Electroperú S.A. (ELP), en el marco de un proceso contencioso administrativo. El objetivo del presente estudio consis...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Mijahuanga Gallego, Annie Estefani
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/186029
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/23004
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Servicios públicos
Recurso contencioso administrativo--Perú
Empresas eléctricas--Tarifas--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente informe jurídico versa sobre el análisis del Expediente N° 1179-2005, una controversia respecto al pago por los excesos de consumo de energía de Luz del Sur S.A.A (LDS) a Electroperú S.A. (ELP), en el marco de un proceso contencioso administrativo. El objetivo del presente estudio consiste en determinar qué parte debe asumir los costos por los retiros en exceso de la energía contratada. Para ello, analizamos el rol del Estado en la tutela de los servicios públicos y si estamos ante un escenario de precios libres o precios regulados, a efectos de evaluar si resulta viable realizar una interpretación sistemática del contrato con la LCE y su Reglamento. Asimismo, identificamos el alcance de los decretos de urgencia, figuras jurídicas como la contraprestación y penalidad, así como la supuesta vulneración a los principios de legalidad y debida motivación en los extremos de las resoluciones impugnadas de OSINERGMIN. Finalmente, concluimos que LDS debe pagarle a ELP los excesos de consumo de energía considerando los costos marginales, siempre y cuando éstos no sobrepasen la tarifa en barra al estar destinados dichos consumos a usuarios regulados. Por esta razón, es necesario modificar la LCE y su Reglamento, a fin de trasladar los costos por los retiros en exceso del consumo de energía a los usuarios finales para garantizar al funcionamiento del mercado eléctrico y la inversión privada.
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