Informe del fallo de la Corte Internacional de Justicia del 31 de marzo de 2004 – Caso Avena y Otros Nacionales Mexicanos (México vs. Estados Unidos de América)

Descripción del Articulo

En el presente informe se analiza el fallo de la Corte Internacional de Justicia del 31 de marzo de 2004 en el denominado caso Avena y Otros Nacionales Mexicanos, tercera ocasión en la que Estados Unidos de América es demandado ante dicho Tribunal, esta vez por los Estados Unidos Mexicanos, por el i...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Ceruti Ccahuana, Luis Alberto
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/175208
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/18344
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho internacional--Jurisprudencia
Corte Internacional de Justicia
Derecho diplomático y consular
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En el presente informe se analiza el fallo de la Corte Internacional de Justicia del 31 de marzo de 2004 en el denominado caso Avena y Otros Nacionales Mexicanos, tercera ocasión en la que Estados Unidos de América es demandado ante dicho Tribunal, esta vez por los Estados Unidos Mexicanos, por el incumplimiento de sus obligaciones bajo el artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. El caso, para cuya resolución la Corte se pronuncia sobre la naturaleza, interpretación y aplicación de normas contenidas en dicha Convención, tiene en común con sus antecesores – Breard (1998) y LaGrand (2001)- que involucra a nacionales extranjeros que habían sido condenados a muerte sin que el Estado demandado hubiera cumplido con su obligación de notificarles su derecho al acceso consular. Motivado por su experiencia en el ejercicio de funciones consulares, en su análisis, el autor identifica cuatro problemas jurídicos sobre la base de la relevancia de las instituciones jurídicas involucradas y su importancia en la resolución del caso, siendo éstos: 1) lo referido a la competencia de la Corte, 2) cómo entender la obligación de informar “sin demora”, 3) la naturaleza de la reclamación y 4) la determinación de la “reparación adecuada”. De las conclusiones a las que se arriba, destacan, de un lado, que pese a lo señalado por la Corte, el caso reúne las condiciones para erigirse como uno de protección diplomática, y, de otro, que lo que determinado por dicho Tribunal como reparación debida, no escapa de los alcances de la restitutio in integrum.
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