Informe jurídico sobre la Casación No.11068-2018-Lima

Descripción del Articulo

En el presente informe se realiza un análisis jurídico de la Casación Laboral N° 11068-2018 LIMA, la cual versa sobre el despido de una trabajadora del BCP por las faltas graves de incumplimiento de obligaciones que supone el quebrantamiento de la buena fe laboral e incumplimiento del Reglamento Int...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Pachas Quispe, Fiorella del Pilar
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/204503
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14657/204503
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Perú. Tribunal Constitucional--Jurisprudencia
Recurso de casación laboral-Jurisprudencia--Perú
Despido de empleados--Jurisprudencia--Perú
Falsificación de documentos
Libertad sindical--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En el presente informe se realiza un análisis jurídico de la Casación Laboral N° 11068-2018 LIMA, la cual versa sobre el despido de una trabajadora del BCP por las faltas graves de incumplimiento de obligaciones que supone el quebrantamiento de la buena fe laboral e incumplimiento del Reglamento Interno de Trabajo, contempladas en el literal a) del artículo 25 del TUO de la LPCL, así como la falta grave de entrega de información falsa al empleador, regulada en el literal d) del artículo 25 de la citada norma. En este informe se analizan, con base en la legislación, doctrina y jurisprudencia, los elementos requeridos para que se configuren dichas causales y si nos encontramos ante un despido justificado, además de evaluar si este respetó el principio de inmediatez y cómo debe entenderse este principio a la luz del criterio del Tribunal Constitucional. Otro aspecto relevante es la revisión de si existieron prácticas antisindicales o indicios que justifiquen un nexo causal entre la afiliación sindical y el despido, para verificar si se configuró el despido nulo demandado en el proceso. En el informe se concluye que el despido se encontraba justificado por las faltas graves imputadas del literal a), mas no por la falta grave del literal d) porque la Corte Suprema había realizado una interpretación extensiva de dicha causal, no amparable por el derecho; además, el despido había respetado el principio de inmediatez. Por consiguiente, no existieron prácticas antisindicales y no resulta amparable la nulidad de despido.
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