Informe Jurídico sobre la Resolución N° 5, de fecha 28 de setiembre de 2022 del Expediente N° 00195-2022-0-1817-SP-CO-01, emitida por la Primera Sala Civil con Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Descripción del Articulo

En el presente informe jurídico se evalúa la motivación del laudo arbitral emitido como consecuencia de la controversia entre el señor Juan Giancarlo Castañeda Cabanillas y Provias Nacional, en el marco de la adquisición del predio denominado “El Tamarindo”, ubicado en el distrito de San Pedro de Ll...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Mayhuire Vivero, Moises Samuel
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/200966
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/28489
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Arbitraje y laudo--Jurisprudencia--Perú
Nulidad (Derecho)--Jurisprudencia--Perú
Compraventa de bienes raíces--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En el presente informe jurídico se evalúa la motivación del laudo arbitral emitido como consecuencia de la controversia entre el señor Juan Giancarlo Castañeda Cabanillas y Provias Nacional, en el marco de la adquisición del predio denominado “El Tamarindo”, ubicado en el distrito de San Pedro de Lloc, provincia de Pacasmayo, departamento de la Libertad. El proceso arbitral tuvo como objeto revisar la tasación comercial realizada por Provias Nacional al referido inmueble, pues a consideración del señor Castañeda, aquella era incorrecta al no haber considerado la existencia de plantaciones de espárragos. Para ello, el Árbitro Único ordenó la realización de una pericia de oficio, cuyos resultados fueron prácticamente transcritos en el referido laudo, para, de esa manera, declarar fundada la pretensión referida a la revisión de la tasación. En ese sentido, explicaremos los defectos de motivación en el referido laudo, en el cual, debido a una incorrecta valoración de la pericia de oficio, el árbitro no brindó ningún tipo de justificación de las razones por las cuales el referido medio probatorio le generó tal convicción. A partir de ello, se analizará la Resolución N° 5 del Expediente N° 00195-2022- 0-1817-SP-CO-01, en la cual la Primera Sala Civil con Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundado el recurso de anulación de laudo interpuesto por Provias Nacional, cumpliendo con los límites legales establecidos en el artículo 62° de la Ley de Arbitraje.
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).