Informe jurídico sobre la Resolución 2167-2023/SPC-INDECOPI

Descripción del Articulo

El presente informe aborda el análisis jurídico de la Resolución N.º 2167- 2023/SPC-INDECOPI, expedida por la Sala Especializada en Protección al Consumidor, en el marco de un procedimiento administrativo sancionador seguido contra Smartfit Perú S.A.C. La controversia se centra en determinar la vali...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Arones Egoavil, Karla Sandra
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/204538
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14657/204538
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Protección del consumidor--Legislación--Perú
Cláusulas (Derecho)--Perú
Derecho administrativo--Jurisprudencia--Perú
Sanciones administrativas--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente informe aborda el análisis jurídico de la Resolución N.º 2167- 2023/SPC-INDECOPI, expedida por la Sala Especializada en Protección al Consumidor, en el marco de un procedimiento administrativo sancionador seguido contra Smartfit Perú S.A.C. La controversia se centra en determinar la validez de una cláusula contractual que exigía la presencialidad del consumidor para la resolución del contrato, en un contexto excepcional como la pandemia del COVID-19 que hizo inviable su cumplimiento. Se examinan los principales problemas jurídicos asociados, tales como la posible naturaleza abusiva de dicha cláusula, la aplicación del artículo 1431 del Código Civil en casos de imposibilidad sobrevenida, la vulneración del principio de idoneidad del servicio, así como los criterios utilizados por la Sala para graduar la sanción administrativa. A través de un enfoque crítico y sistemático, se argumenta que la cláusula impugnada carece de razonabilidad al exigir condiciones más gravosas que las previstas para otras gestiones contractuales, constituyéndose en una cláusula abusiva. Asimismo, se justifica la inaplicación de dicha cláusula por parte de la autoridad administrativa en virtud del artículo 1431 del Código Civil, que permite la resolución de pleno derecho ante supuestos de imposibilidad objetiva no imputable. Finalmente, se analiza si la conducta del proveedor fue coherente con el principio de idoneidad y si la metodología seguida por la Sala para imponer la sanción respetó los principios de legalidad, razonabilidad y proporcionalidad, concluyendo que, si bien el resultado sancionador fue moderado, la omisión de aplicar el marco reglamentario específico debió ser debidamente justificada.
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