Contravención de la ejecución de la jurisdicción comunal a los principios establecidos por la ideología liberal

Descripción del Articulo

A través del presente trabajo de investigación, se buscara una visión generalizada del aporte de la ideología fundante de nuestro sistema jurídico es decir la influencia de la ideología liberal, un cotejo de la carga filosófica de los componentes de la dignidad en dicha ideología, para lo cual es ne...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Valenzuela Pérez, Lizbeth
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Nacional Del Altiplano
Repositorio:UNAP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:https://repositorio.unap.edu.pe:20.500.14082/10875
Enlace del recurso:http://repositorio.unap.edu.pe/handle/20.500.14082/10875
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Justicia comunal
Derecho constitucional
Descripción
Sumario:A través del presente trabajo de investigación, se buscara una visión generalizada del aporte de la ideología fundante de nuestro sistema jurídico es decir la influencia de la ideología liberal, un cotejo de la carga filosófica de los componentes de la dignidad en dicha ideología, para lo cual es necesario tener presente que la dignidad humana está compuesta por cuatro principios como son la solidaridad, la igualdad, la libertad y la seguridad jurídica, punto de partida que permitirá dar un soporte a toda la influencia liberal, la cual se ve trastocada por cuanto en la vigencia de normas inspiradas en esos principios se encuentran tolerando la imposición de castigos físicos, legitimados a la luz de la concesión a las comunidades campesinas de la denominada jurisdicción comunal, por ello se ha planteado el problema general: los castigos físicos a la persona, infringidos en ejecución de la jurisdicción otorgada por el artículo 149 de la Constitución Política del Estado a las comunidades campesinas, contradicen la ideología liberal que es la base de nuestro ordenamiento jurídico. Para ello además se debe tener una noción de las facultades que otorga la Constitución Política del Estado en su Art. 149 y demás aspectos correlacionados con el ejercicio real de dicha regulación constitucional, motivo por el cual se ha fijado como objetivo general: determinar si los castigos físicos a la persona, infringidos en ejecución de la jurisdicción otorgada por el artículo 149 de la Constitución Política del Estado a las comunidades campesinas, contradicen la ideología liberal que es la base de nuestro ordenamiento jurídico. De esta manera se buscara el incremento del conocimiento del ejercicio de la jurisdicción comunal en la dimensión especifica de los castigos físicos que su ejercicio importa a fin de remontarlos a la esencia misma del soporte ideológico que inspira el ordenamiento juridico y la concepción de la dignidad humana que nuestra constitución Política del estado manda a defender.
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