PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD EN LA VIOLENCIA Y MALTRATO FÍSICO A LA MUJER

Descripción del Articulo

Objetivo. Analizar normas legales sobre la concesión del principio de oportunidad al o a los autores, sujetos activos de laviolencia psicológica y maltrato físico a la mujer, con relación al principio constitucional sobre los derechos y el respecto ala dignidad de la persona humana como fin supremo...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Gamio Oré, César Augusto
Formato: artículo
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad José Carlos Mariátegui
Repositorio:Revista ciencia y tecnología para el desarrollo UJCM
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:ojs.revistas.ujcm.edu.pe:article/103
Enlace del recurso:https://revistas.ujcm.edu.pe/index.php/rctd/article/view/103
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:La mujer principio de la sociedad humana
Descripción
Sumario:Objetivo. Analizar normas legales sobre la concesión del principio de oportunidad al o a los autores, sujetos activos de laviolencia psicológica y maltrato físico a la mujer, con relación al principio constitucional sobre los derechos y el respecto ala dignidad de la persona humana como fin supremo de la sociedad y del Estado. Materiales y Método. Se han tomadoen consideración la historia legislativa así como los antecedentes constituidos por las publicaciones televisadas, escritas,marchas en las primeras décadas del presente año de 2018, además, los antecedentes del pasado-epistemología- sobre eltrato a la mujer. Método, análisis jurídico. Resultados: El resultado del presente trabajo de investigación es, la observanciadel artículo primero de la Constitución Política del Estado vigente, sin ninguna variación, en cuanto a los atentados contra losderechos y la dignidad de la mujer, como fin supremo de la sociedad y del Estado, base de la sociedad familiar. Conclusiones:La única forma de salvar los derechos y la dignidad de la mujer, será la no aplicación del principio de oportunidad en los casosviolencia psicológica y el maltrato físico a la mujer, por constituir delito   que el Estatuto de Roma define como el crimencometido generalizado o sistemático, de un conjunto de actos antisociales dentro de los cuales podemos señalar las queatentan con la violencia y maltrato físico a la mujer: Tortura, violación sexual, embarazo forzado, prostitución forzada, etc.
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