The scientific societies of gynecology and obstetrics and their position regarding therapeutic abortion
Descripción del Articulo
En el Perú, el aborto terapéutico no está penalizado desde 1924, según el Código Penal Peruano en su artículo 119: No es punible el aborto cuando es realizado por un médico con el consentimiento de la mujer o de su representante legal, si lo tuviera, cuando es el único medio para salvar la vida de l...
Autor: | |
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Formato: | artículo |
Fecha de Publicación: | 2019 |
Institución: | Instituto Nacional Materno Perinatal |
Repositorio: | Revista Peruana de Investigación Materno Perinatal |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:ojs.www.fracturae.com:article/158 |
Enlace del recurso: | https://investigacionmaternoperinatal.inmp.gob.pe/index.php/rpinmp/article/view/158 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Sumario: | En el Perú, el aborto terapéutico no está penalizado desde 1924, según el Código Penal Peruano en su artículo 119: No es punible el aborto cuando es realizado por un médico con el consentimiento de la mujer o de su representante legal, si lo tuviera, cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o evitar daño grave y permanente en su salud 1. El Ministerio de Salud con fecha 27 de junio de 2014 emitió la Resolución Ministerial N°486-2014/MINSA, mediante la cual se aprueba la Norma Técnica para el Aborto Terapéutico, cuyo ámbito de aplicación es de aplicación a nivel nacional para todos los establecimientos de salud a partir del segundo nivel de atención del sistema de salud nacional 2. Desde esa fecha y a pesar de tener las guías o protocolos en los hospitales, el número de atenciones por aborto terapéutico es muy bajo. Sin embargo, en el Instituto Nacional Materno Perinatal se viene aplicando la guía de aborto terapéutico y desde el 2009 hasta el 2018 se han atendido a 266 mujeres en las que estaba en riesgo su vida o su salud como consecuencia del embarazo3. Estas atenciones se han podido brindar gracias a que los médicos gineco-obstetras han entendido que el brindar una atención de aborto terapéutico es legal y ético. Esto se ha logrado gracias al apoyo técnico permanente que ha brindado la Sociedad Peruana de Obstetricia y Ginecología al instituto en los aspectos éticos promovidos por la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO), la Federación Latinoamericana de Sociedades de Obstetricia y Ginecología (FLASOG) y por las principales sociedades científicas de ginecología y obstetricia del mundo como son el Colegio Americano de Obstetricia y Ginecología, el Colegio Real de Obstetras y Ginecólogos del Reino Unido, la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia y la Sociedad de Obstetras y Ginecólogos del Canadá. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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