The scientific societies of gynecology and obstetrics and their position regarding therapeutic abortion

Descripción del Articulo

En el Perú, el aborto terapéutico no está penalizado desde 1924, según el Código Penal Peruano en su artículo 119: No es punible el aborto cuando es realizado por un médico con el consentimiento de la mujer o de su representante legal, si lo tuviera, cuando es el único medio para salvar la vida de l...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Guevara-Ríos, Enrique
Formato: artículo
Fecha de Publicación:2019
Institución:Instituto Nacional Materno Perinatal
Repositorio:Revista Peruana de Investigación Materno Perinatal
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:ojs.www.fracturae.com:article/158
Enlace del recurso:https://investigacionmaternoperinatal.inmp.gob.pe/index.php/rpinmp/article/view/158
Nivel de acceso:acceso abierto
Descripción
Sumario:En el Perú, el aborto terapéutico no está penalizado desde 1924, según el Código Penal Peruano en su artículo 119: No es punible el aborto cuando es realizado por un médico con el consentimiento de la mujer o de su representante legal, si lo tuviera, cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o evitar daño grave y permanente en su salud 1. El Ministerio de Salud con fecha 27 de junio de 2014 emitió la Resolución Ministerial N°486-2014/MINSA, mediante la cual se aprueba la Norma Técnica para el Aborto Terapéutico, cuyo ámbito de aplicación es de aplicación a nivel nacional para todos los establecimientos de salud a partir del segundo nivel de atención del sistema de salud nacional 2. Desde esa fecha y a pesar de tener las guías o protocolos en los hospitales, el número de atenciones por aborto terapéutico es muy bajo. Sin embargo, en el Instituto Nacional Materno Perinatal se viene aplicando la guía de aborto terapéutico y desde el 2009 hasta el 2018 se han atendido a 266 mujeres en las que estaba en riesgo su vida o su salud como consecuencia del embarazo3. Estas atenciones se han podido brindar gracias a que los médicos gineco-obstetras han entendido que el brindar una atención de aborto terapéutico es legal y ético. Esto se ha logrado gracias al apoyo técnico permanente que ha brindado la Sociedad Peruana de Obstetricia y Ginecología al instituto en los aspectos éticos promovidos por la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO), la Federación Latinoamericana  de  Sociedades  de  Obstetricia y  Ginecología (FLASOG)  y  por  las principales sociedades científicas de ginecología y obstetricia  del  mundo como  son el Colegio Americano de Obstetricia y Ginecología, el Colegio Real de Obstetras y Ginecólogos del Reino Unido, la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia y la Sociedad de Obstetras y Ginecólogos del Canadá.
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