Correos electrónicos de las cuentas oficiales de los funcionarios públicos como ámbito de protección del derecho de acceso a la información pública en el ordenamiento jurídico peruano

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Este trabajo tiene por objetivo explicar por qué el derecho de acceso a la información pública permite que las personas puedan solicitar y recibir los correos electrónicos de cuentas oficiales de sus servidores públicos. Se parte de la hipótesis de que dicho bien constitucional abarca la facultad su...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Gamarra Galindo, Marco Antonio
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/13232
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/13232
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Acceso a la información--Legislación--Perú
Libertad de información
Información pública
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Este trabajo tiene por objetivo explicar por qué el derecho de acceso a la información pública permite que las personas puedan solicitar y recibir los correos electrónicos de cuentas oficiales de sus servidores públicos. Se parte de la hipótesis de que dicho bien constitucional abarca la facultad subjetiva de acceder a documentación en soporte digital que refleja el desempeño de las autoridades públicas. Su estudio se justifica porque, en el contexto de la sociedad de la información, el Estado emplea el servicio de correo electrónico para realizar, de manera eficiente, sus funciones y obligaciones, lo cual produce que los órganos públicos posean documentación en buzones institucionales, sobre los cuales los individuos tienen interés en conocer. Este trabajo se basa en el tratamiento jurídico que el bloque de constitucionalidad y los estándares internacionales proveen, tomando en consideración las respuestas denegatorias de cuatro Ministerios a pedidos ciudadanos de emails institucionales, los fallos emitidos por el Poder Judicial y las decisiones administrativas de los órganos garantes del derecho a saber de México y Chile. Se concluye que el derecho de acceso a la información pública asegura la apertura de correos de cuentas oficiales de funcionarios públicos porque estos documentos se hallan bajo su posesión (criterio que permite optimizar los fundamentos de dicho derecho) y porque toda información bajo tenencia de órganos públicos le pertenece a la sociedad, en tanto el poder que titularizan (que les permite conocer información) debe ejercerse en favor de principios y derechos fundamentales (dignidad, transparencia y Estado democrático). En tanto el derecho a saber no es absoluto, la entrega de emails oficiales puede estar sujeta al régimen de excepciones. De este modo, a la luz del test de proporcionalidad, las autoridades podrán denegar la apertura de dicha documentación para tutelar otros bienes legítimos como el de intimidad.
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