El rechazo implícito de la costumbre internacional por parte de los órganos resolutivos administrativos (ORA) peruanos en materia tributario-aduanera: un análisis de caso sobre la instalación de cables submarinos en el dominio marítimo
Descripción del Articulo
El objetivo de este trabajo es analizar cómo los órganos resolutivos administrativos (ORA) peruanos, competentes en materia tributario-aduanera se pronunciaron en el caso EMERGIA, relativo al tratamiento otorgado a la instalación de cables submarinos dentro del dominio marítimo peruano. A partir de...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2025 |
| Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
| Repositorio: | PUCP-Tesis |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/33451 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12404/33451 |
| Nivel de acceso: | acceso embargado |
| Materia: | Cables submarinos--Aspectos legales Derecho del mar Dominio marítimo (Derecho internacional)--Perú Derecho administrativo--Perú https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | El objetivo de este trabajo es analizar cómo los órganos resolutivos administrativos (ORA) peruanos, competentes en materia tributario-aduanera se pronunciaron en el caso EMERGIA, relativo al tratamiento otorgado a la instalación de cables submarinos dentro del dominio marítimo peruano. A partir de este estudio de caso, se evidencia la omisión existente en el ordenamiento jurídico peruano respecto de la costumbre internacional aplicable a la libertad de instalación de cables submarinos, norma consuetudinaria reflejada en el artículo 79 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Para esta finalidad, se reconstruye la argumentación del Tribunal Fiscal, última instancia administrativa competente, y se contrasta con las normas internacionales consuetudinarias pertinentes sobre la instalación de cables submarinos. El análisis evidencia un vacío normativo en el ordenamiento jurídico peruano relativo a la instalación de cables submarinos, vacío que ha conducido a calificar esta actividad solamente como una importación de mercancías, desconociendo la naturaleza especial que reviste a esta actividad en el Derecho Internacional. Como resultado, se identifica una contradicción en el accionar del Estado peruano: los ORA aplican el derecho interno, bajo un enfoque hermético que prescinde de normas internacionales de naturaleza distinta a los tratados, lo que revela una problemática en la estructura del ordenamiento jurídico peruano para incorporar normas internacionales consuetudinarias. Incluso después de la sentencia emitida en el marco de la Controversia sobre delimitación marítima (Perú c. Chile), esta omisión ha perpetuado el criterio empleado por los ORA en el Caso EMERGIA. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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