La inmovilización temporal de las partidas de predios

Descripción del Articulo

Frente a la lucha por combatir a las mafias existentes que participan en la falsificación de documentos, suplantación de identidad y en el tráfico de terrenos, y en la búsqueda de brindar seguridad a la ciudadanía, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos aprobó, mediante la Resolución...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Torres Quispe, Diana Vanessa
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2019
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/16251
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/16251
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Perú--Legislación
Derecho registral--Legislación--Perú
Registros públicos--Legislación
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Frente a la lucha por combatir a las mafias existentes que participan en la falsificación de documentos, suplantación de identidad y en el tráfico de terrenos, y en la búsqueda de brindar seguridad a la ciudadanía, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos aprobó, mediante la Resolución N° 314-2013-SUNARP/SN, la Directiva N° 008-2013- SUNARP-SN que regula el procedimiento para la inmovilización temporal de las partidas de predios. Sin embargo, este procedimiento generó controversias, siendo objeto de críticas y hasta de una demanda de Acción Popular que fue declarada infundada. En ese sentido, el objetivo del presente trabajo académico es analizar el origen, contenido y efectos de la citada Directiva, para lo cual se investigó su naturaleza, su compatibilidad con la Constitución Política del Perú y el Código Civil, y sus efectos a partir de lo resuelto por el Tribunal Registral en sus resoluciones. Como resultado de la investigación se obtuvo que mediante la citada Directiva no se creó un nuevo acto inscribible, sino que ella contiene una herramienta de protección que no vulnera la Constitución Política del Perú ni el Código Civil; ya que, al ser un mecanismo de protección no representa una limitación a la propiedad. Asimismo, y a partir del análisis de las resoluciones del tribunal registral se aprecia que como mecanismo de seguridad tiene varias falencias, y que no es la solución final frente a las mafias existentes, sino una solución transitoria que tiene como fin menguar la inseguridad de los usuarios; no obstante, ser ellos quienes asumen los costos de tal mecanismo, por lo cual es imprescindible que el problema de la inseguridad tenga soluciones claras y que ellas sean asumidas por la SUNARP y no por los usuarios.
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