Revisión y propuestas de modificación al Reglamento sobre los llamados a revisión (Recall): Hacia una comunicación adaptada al contexto digital

Descripción del Articulo

Este artículo analiza el Decreto Supremo N° 050-2016-PCM, Reglamento que establece el procedimiento de comunicación de advertencias y alertas de los riesgos no previstos de productos o servicios colocados en el mercado que afecten la salud y/o seguridad de los consumidores, que – a pesar de haber si...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Oyarse Muñoz, Amy Rocio
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/30249
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/30249
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Protección del consumidor--Legislación--Perú
Comportamiento del consumidor--Perú
Publicidad en Internet--Perú
Salud pública--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Este artículo analiza el Decreto Supremo N° 050-2016-PCM, Reglamento que establece el procedimiento de comunicación de advertencias y alertas de los riesgos no previstos de productos o servicios colocados en el mercado que afecten la salud y/o seguridad de los consumidores, que – a pesar de haber sido promulgado en 2016 – no ha sido actualizado, lo que plantea la necesidad de adaptar sus disposiciones a la transformación digital de los hábitos de consumo. A través de una evaluación crítica, destacamos la falta de un orden de prioridad claro de los medios de comunicación que los proveedores deben utilizar para informar sobre recalls, lo que podría limitar el alcance de las campañas de recall. En particular, la exclusión de los medios digitales (como las redes sociales, por ejemplo) que deben ser priorizados frente a los medios tradicionales (televisión, radio y prensa escrita), ya que reflejan mejor los patrones actuales de consumo de información de los peruanos. En este trabajo proponemos una modificación del artículo 12 del Reglamento, estableciendo un orden de prioridad de medios de comunicación más adecuada al contexto digital, de manera que los proveedores puedan lograr una difusión más efectiva de los recalls. Además, se resalta la importancia de un plazo mínimo razonable para las campañas publicitarias y la necesidad de contar con medios probatorios para demostrar el cumplimiento de la normativa. Finalmente, se sugiere que las modificaciones propuestas garanticen el cumplimiento del deber de información, maximizando el alcance de las medidas correctivas a través de una comunicación más eficiente a los consumidores y adaptada a las nuevas realidades del mercado.
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