Informe Jurídico sobre Resolución N° 987-2012-JNE
Descripción del Articulo
El presente caso se analiza la Resolución N° 987-2012-JNE emitido por el Jurado Nacional de Elecciones, el cual, en el marco del procedimiento administrativo de verificación de firmas de adherentes para la revocatoria de autoridades a cargo de RENIEC, emite pronunciamiento en última instancia revoca...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2023 |
| Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
| Repositorio: | PUCP-Tesis |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/27867 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12404/27867 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Derecho electoral--Jurisprudencia--Perú Participación política--Perú--Siglo XXI Revocación (Derecho)--Perú https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | El presente caso se analiza la Resolución N° 987-2012-JNE emitido por el Jurado Nacional de Elecciones, el cual, en el marco del procedimiento administrativo de verificación de firmas de adherentes para la revocatoria de autoridades a cargo de RENIEC, emite pronunciamiento en última instancia revocando el acto administrativo que deniega la verificación de un último lote de firmas por extemporáneo. El administrado y recurrente es el promotor de la revocatoria de la entonces alcaldesa de la ciudad de Lima y los 39 regidores metropolitanos, Carlos Vidal Vidal. Se busca, en primer lugar, analizar la legalidad de las actuaciones administrativas efectuadas por Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC durante el procedimiento administrativo especializado de verificación de firmas para la revocatoria de autoridades (actas de comprobación automática y semiautomática). Por otro lado, se busca analizar la naturaleza del control jurisdiccional que realiza el JNE y, asimismo, determinar si el error en una actuación administrativa puede generar derechos en los administrados. Finalmente, se concluye indicando que el JNE no resolvió el recurso de impugnación del acto administrativo respetando la Ley de Procedimiento Administrativo General al otorgarle eficacia jurídica a una actuación administrativa informativa. Asimismo, el JNE debió actuar de acuerdo a la materia del caso, es decir, la naturaleza del control jurisdiccional de las actuaciones administrativas, por tanto, el respeto al principio de juridicidad y legalidad, así como a las potestades administrativas de RENIEC. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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