El marco de responsabilidad proactiva del Nuevo Reglamento de Protección de Datos Personales

Descripción del Articulo

Tras la incorporación en el Nuevo Reglamento de Protección de Datos Personales del principio de responsabilidad proactiva en el ordenamiento jurídico peruano en materia de protección de datos, aquel que implica tanto aplicar medidas para garantizar el cumplimiento como a su vez demostrar la ejecució...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Moreno Alvarez, Alonso Armando
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/33478
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/33478
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho administrativo--Legislación--Perú
Protección de datos--Legislación--Perú
Administración pública--Perú
Información pública--Legislación--Perú
Libertad de información--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Tras la incorporación en el Nuevo Reglamento de Protección de Datos Personales del principio de responsabilidad proactiva en el ordenamiento jurídico peruano en materia de protección de datos, aquel que implica tanto aplicar medidas para garantizar el cumplimiento como a su vez demostrar la ejecución del mismo. A partir de la inclusión de dicho principio, el marco normativo en la materia adopta conceptos previamente introducidos por normativa extranjera por el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea. De esta forma, el marco jurídico de protección de datos se acopla a los estándares europeos. Como consecuencia de la inclusión del principio, se eleva el margen de protección, pues garantiza que todo responsable del tratamiento se enfoque en el diseño e implementación de medidas para garantizar dicho cumplimiento, así como en la probanza del mismo. Sin embargo, dicha inclusión también conlleva desafíos jurídicos que deben analizarse para su aplicación práctica: 1) el carácter abierto del principio, 2) la inversión de la carga de la prueba y la presunción de licitud, 3) la transición de un modelo de gestión a uno de responsabilidad, 4) la aplicación del principio en la supervisión de datos de terceros y 5) el fomento de la implementación mecanismos de responsabilidad proactiva en el entorno nacional. Por medio del análisis de cada uno de dichos aspectos, se adaptará el concepto trasladado del ordenamiento europeo a la realidad peruana.
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