Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°003-2007, E-1902/ demanda de arbitraje de Nova Perú SAC en contra de Carlos Milanovitch y Dexim SRL

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación jurídica aborda la controversia (proceso arbitral) iniciada por NOVA PERU SAC en contra de Carlos Milanovitch y DEXIM SRL al suscribir éstos un Memorando de Entendimiento, figura atípica en el ordenamiento jurídico peruano que tiene su génesis en el derecho anglo...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Gallo Martínez, Luis Enrique
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/28116
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/28116
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Arbitraje--Jurisprudencia--Perú
Convenios (Derecho)
Contratos administrativos--Jurisprudencia--Perú
Negocio jurídico--Jurisprudencia--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación jurídica aborda la controversia (proceso arbitral) iniciada por NOVA PERU SAC en contra de Carlos Milanovitch y DEXIM SRL al suscribir éstos un Memorando de Entendimiento, figura atípica en el ordenamiento jurídico peruano que tiene su génesis en el derecho anglosajón. En el documento denominado Memorando de Entendimiento es donde surgen las discusiones acerca de la verdadera naturaleza jurídica de este documento (si es un Memorando de Entendimiento o un contrato de compromiso de contratar), si es que realmente se ha activado la cláusula penal (artículo 1341 del código civil) y si es que DEXIM SRL a pesar de no haber firmado el Memorando de Entendimiento debe ser parte del proceso arbitral (exigibilidad a partes no signatarias). La justificación del presente trabajo de investigación jurídica radica en la falta de uniformidad y consenso en la doctrina acerca de la naturaleza jurídica del Memorando de Entendimiento, así como si éste genera obligaciones entre las partes y el alcance de las partes no signatarias respecto al convenio arbitral. Asimismo, utilizare un enfoque doctrinario y pragmático, puesto que es la única manera de poder distinguir, delimitar y clarificar los problemas antes expuestos. A modo de conclusión, sostengo que el presente documento llamado Memorando de Entendimiento no es tal, por el contrario, es un contrato de compromiso de contratar, así como efectivamente se activó la cláusula penal y, por último, DEXIM SRL sí es parte del proceso arbitral pese a no haber firmado el Memorando de Entendimiento.
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