Informe jurídico sobre la sentencia del caso Caamaño Valle vs. España del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

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El presente trabajo analiza la sentencia Caamaño Valle vs. España resuelta por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que aborda el caso M., una joven con discapacidad intelectual privada de su derecho al voto como resultado de una sentencia de incapacitación parcial. La madre de M. recurrió al Tri...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Escobar Castillo, María José
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/31310
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/31310
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Personas con discapacidad--Derechos humanos
Discriminación
Derechos humanos--Jurisprudencia--Europa
Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Voto--Europa
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente trabajo analiza la sentencia Caamaño Valle vs. España resuelta por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que aborda el caso M., una joven con discapacidad intelectual privada de su derecho al voto como resultado de una sentencia de incapacitación parcial. La madre de M. recurrió al Tribunal alegando que el estado español vulneró el derecho de M. de participar en elecciones libres y el principio de igualdad y no discriminación, los cuales se encuentran consagrados en el Convenio Europeo de Derechos Humanos. El Tribunal concluyó que no existió ninguna violación del Convenio en el caso ya que se trataba de una medida individualizada y dentro del margen de apreciación del Estado. A partir del desarrollo del caso, se analizará la legitimidad de la medida y la compatibilidad de la decisión del Tribunal con los estándares de los sistemas de protección en materia de derechos de personas con discapacidad. Para ello, se determinará la legitimidad del uso de la “capacidad” como justificación para restringir derechos políticos. Luego, se analizará si el Tribunal Europeo de Derechos Humanos justificó adecuadamente la medida apelando al margen de apreciación estatal, y si dicha justificación resulta compatible con el principio de no discriminación, especialmente a la luz del modelo social de discapacidad consagrado en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
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