Análisis jurídico de la institución de la vacancia municipal a la luz de la Resolución N.° 0447-2022-JNE
Descripción del Articulo
El principal problema del presente trabajo académico es determinar, si ¿es constitucionalmente valido aplicar las causales de vacancia de alcalde recogidas en la LOM y causales de vacancia de gobernador regional de la LOGR, al alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima, atendiendo a si su con...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2023 |
Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
Repositorio: | PUCP-Tesis |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/27414 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12404/27414 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Municipios--Aspectos legales--Perú--Lima Metropolitana Gobiernos regionales--Aspectos legales--Perú--Lima Derecho municipal--Perú Derecho administrativo--Perú https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | El principal problema del presente trabajo académico es determinar, si ¿es constitucionalmente valido aplicar las causales de vacancia de alcalde recogidas en la LOM y causales de vacancia de gobernador regional de la LOGR, al alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima, atendiendo a si su conducta se enmarca en una atribución recogida en la LOGR o en la LOM? El objetivo del presente trabajo es determinar cuál es la correcta aplicación legal para el alcalde de la MML, atendiendo a su característica de régimen especial, y, en consecuencia, determinar su naturaleza y régimen jurídicos aplicable, a partir de lo desarrollado por la defensa del caso de vacancia al señor Muñoz. En ese sentido, sostenemos que no es constitucionalmente válido aplicar indistintamente las causales de vacancia recogidas en la LOM y la LOGR, aun cuando la conducta del alcalde de la MML se enmarque dentro de una atribución recogida en la LOGR, puesto que, aunque la MML desempeñe funciones regionales, el alcalde de la MML no debe ser considerado como un gobernador regional, ya que, a partir de un análisis normativo y jurisprudencial, se debe concluir que el alcalde de la MML, no tiene el régimen jurídico de gobernador regional, sino únicamente de alcalde, por lo tanto, las causales de vacancia que se le aplican siempre serán las recogidas en el artículo 22 de la LOM y bajo ningún supuesto se aplicarán las causales de vacancia recogidas en la LOGR. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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