Informe Jurídico de la Resolución N° 1976-2023/SPC-INDECOPI

Descripción del Articulo

El presente informe analiza la Resolución N° 1976-2023/SPC-INDECOPI, donde se resuelve la denuncia administrativa presentada por la Sra. Catalina Ramos contra la Congregación de Religiosas Reparadoras del Sagrado Corazón de Jesús. Al haber contratado los servicios educativos de dicha institución par...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Huayotuma Quispehuanca, Diana
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/28581
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/28581
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Personas con discapacidad--Educación--Perú
Educación inclusiva--Perú
Protección al consumidor--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente informe analiza la Resolución N° 1976-2023/SPC-INDECOPI, donde se resuelve la denuncia administrativa presentada por la Sra. Catalina Ramos contra la Congregación de Religiosas Reparadoras del Sagrado Corazón de Jesús. Al haber contratado los servicios educativos de dicha institución para su hija, una estudiante con discapacidad que cursó el primer grado de secundaria en el establecimiento de la denunciada. La controversia versa sobre las infracciones al deber de información, idoneidad y discriminación contenidos en el Código de protección y defensa del consumidor. El análisis iniciará con el desarrollo del contenido del derecho a la educación inclusiva a la luz del modelo social de la discapacidad. Se revisará e interpretarán las normas sectoriales desde el modelo social de la discapacidad con el objetivo de dotar de contenido al deber de idoneidad y la garantía de la no discriminación. Se buscará argumentar que una correcta interpretación es necesaria para la tutela del derecho a la educación, el cual tiene una relevante protección constitucional. Finalmente, se evaluará la importancia de la coherencia del fallo de la Sala con relación a lo resuelto sobre la infracción al deber de información. Además de acotar la importancia del carácter oportuno y detallado del deber de información en la protección al consumidor.
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