Resolución Nº 0320-2015/CEB-INDECOPI
Descripción del Articulo
Se declara barreras burocráticas ilegales las siguientes medidas impuestas por el Colegio de Arquitectos del Perú al señor Joaquín Jalvo Mínguez: (i) La exigencia de tramitar el procedimiento de colegiatura para extranjero graduado en universidad extranjera bajo el Reglamento Nacional de Colegiatura...
| Autor: | |
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| Fecha de Publicación: | 2015 |
| Institución: | Instituto Nacional de Defensa de La Competencia y de La Protección de La Propiedad Intelectual |
| Repositorio: | INDECOPI-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.indecopi.gob.pe:11724/4729 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/11724/4729 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Barreras burocráticas Colegios profesionales Colegio de Arquitectos del Perú Jurisprudencia |
| Sumario: | Se declara barreras burocráticas ilegales las siguientes medidas impuestas por el Colegio de Arquitectos del Perú al señor Joaquín Jalvo Mínguez: (i) La exigencia de tramitar el procedimiento de colegiatura para extranjero graduado en universidad extranjera bajo el Reglamento Nacional de Colegiatura e Inscripción del Colegio de Arquitectos de Perú aprobado en Sesión Nº 06-2014 del Consejo Nacional del 18 de julio de 2014, materializada en la Carta Nº 793-2014-CAP-RL-GR del 10 de octubre de 2014; en tanto se contravienen el Artículo III° del Título Preliminar del Código Civil y el Principio de Predictibilidad, contenido en el numeral 1.15) del Artículo IV° del Título Preliminar de la Ley N° 27444. (ii) El desconocimiento de los derechos obtenidos por aplicación del silencio administrativo positivo a la solicitud de obtención de colegiatura de fecha 22 de abril de 2014, materializada en la Carta Nº 793-2014-CAP-RL-GR del 10 de octubre de 2014; con la emisión de la Carta Nº 793-2014-CAP-RL-GR del 10 de octubre de 2014, se vulnera el artículo 188º de la Ley Nº 27444 y el artículo 2º de la Ley Nº 29060. (iii) El impedimento de acceder a una Colegiatura Regular (permanente), materializada en la Carta Nº 793-2014-CAP-RL-GR del 10 de octubre de 2014; ya que contraviene el artículo 106° de la Ley N° 27444. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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